Sociedad, Familia, Matrimonio, Divorcio, Conducta Familiar y Poligamia (I)

 (Desde la perspectiva islámica)

Por: Ayatola Dr. Muhammad Husain Beheshtí - Ayatola Dr. Muhammad Yauád Bahonar

Ciertos animales como las hormigas, las abejas, las termitas y distintas especies de monos, son sociables, es decir, viven en comunidades. La vida social de algunos de estos animales gregarios se caracteriza por algunos sistemas muy interesantes y significati­vos.

El ser humano también es un animal gregario, poseyendo la vida social más interesante y variada que conozcamos.

LA SOCIEDAD Y SUS TIPOS

Normalmente la vida social se origina a partir de un conjunto de vínculos naturales o adquiridos que reúnen a un número de individuos y les vuelve una comunidad coherente. Esta comunidad coherente es llamada sociedad.

Hay muchos tipos de sociedad y desde distintos ángulos se la pue­de dividir en distintas clases.

Algunas de esas clases son limitadas, pequeñas, como la familia y otras son grandes y vastas, como la tribu, el clan, la comunidad, la nación, etc.

—La familia.

La forma más simple, más pequeña y más antigua de sociedad hu­mana es la familia, que está comprendida por la mujer, el marido y los hijos. Una cierta cantidad de vínculos y lazos reúne a los miembros de una familia.

—La tribu.

Cuando los hijos de una familia han crecido, normalmente se ca­san y tienen hijos. De esta manera a partir de una familia y en forma gradual se forman distintas familias de manera coherente e interrela­cionadas.

Remontando su descendencia al ancestro común se forma una unidad social más grande llamada “tribu”.

—El clan.

En ciertas partes del mundo nos encontramos con otro tipo de relación entre los individuos y las familias, la cual se origina de una vinculación mítica y entonces esas familias en vez de remontarse genealógicamente al ancestro humano común, atribuyen su descen­dencia de un animal, una planta o alguna otra cosa de ese tipo, consi­derándose vinculados a cualquiera de ellos de manera misteriosa. Ese ancestro ficticio es llamado “tótem” y el pueblo vinculado al mismo es conocido como clan.

—Nación o pueblo.

En las sociedades más avanzadas nos encontramos con una unidad social más grande llamada pueblo. Un pueblo consiste de un gran número de individuos, familias y tribus unidas por una raza común, un país, la lengua y la cultura.

—Otros grupos sociales.

Hay distintos tipos de vínculos sociales de los que se han origina­do los grupos sociales, como ser la vinculación por el sexo, la religión o la ideología.

Sociedad dogmática e ideológica.

Uno de los vínculos sociales más progresistas es el que se da por la doctrina y el dogma. La gente que cree en una religión o una ideolo­gía se une por medio de ella y forman una comunidad, es decir, una sociedad que tiene un objetivo común y una política común. La vincu­lación ideológica puede ser tan poderosa y efectiva que puede ensom­brecer todas las otras relaciones. Más adelante ya explicaremos esto.

Aparte de todas las relaciones sociales que hemos mencionado,            el Islam da importancia básica a dos, es decir, la relación ideológica y de creencia y la relación familiar. Proponemos discutir primero la re­lación familiar.

MATRIMONIO

La naturaleza ha arreglado de tal manera al hombre y la mujer que ellos se atraen mutuamente. Esta atracción natural los une y los conduce a una vida en común y a formar una familia. Esta tendencia natural o instinto sexual, igual que cualquier otro instinto debería ser guiado a la dirección correcta para que pueda ser utilizado al servicio de la humanidad.

Aunque la vida de los esposos se origine en el instinto sexual no obstante gradualmente se desarrolla una suerte de profunda rela­ción espiritual, sentimental, económica y social. Esto es lo, que llama­mos unión conyugal o matrimonio.

Al principio, en el deseo de establecer relaciones: conyugales entre ellos, el hombre y la mujer dan lugar a un contrato conocido como casamiento o contrato matrimonial.

Este contrato tiene una gran importancia en la vida humana por­que une la existencia de dos personas de muchas maneras. Establece el fundamento de la vida de una criatura e influencia profundamente su cuerpo, vida, pensamiento y acciones futuras. A esto se debe que distintos pueblos consideran sagrado el contrato matrimonial y le han prestado bastante atención en diferentes sistemas legales a las cuestio­nes vinculadas con el mismo.

Importancia del matrimonio desde el punto de vista islámico.

También el Islam ha dado una gran importancia a la cuestión del matrimonio en su sistema social. En el Sagrado Corán y los dichos del Profeta y los Imames encontramos que el matrimonio alen­tado en gran medida. Se ha relatado que el Profeta ha dicho “Ninguna costumbre del Islam es más amada por Dios que la del matrimonio.”

Objetivo básico del matrimonio.

El objetivo básico del matrimonio en el Islam estriba en:

a) Asegurar una atmósfera confortable para el marido y la mujer.

b) Dar a luz una nueva generación, criando a los hijos de manera saludable, en la fe y la virtud.

Con respecto al primer objetivo dice el Sagrado Corán:

“Y entre Sus signos está el haberos creado esposas nacidas entre vosotros para que os sirvan de quietud y el haber suscitado entre voso­tros el afecto y la bondad. Hay en ello, si, signos para gente que re­flexiona.” (30:21)

Un matrimonio que sigue el Corán debería ser siempre una fuente de confort mutuo y sus mutuas relaciones deberían estar muy por enci­ma del simple goce sexual alcanzando el estadio de la amistad cordial acompañada de la mutua benevolencia y compañerismo.

Sobre la base de este versículo el objetivo del matrimonio debería ser el mismo del de la creación de las parejas es decir esposas y espo­sos. Desde el punto de vista islámico el matrimonio no es simplemente un instrumento para legalizar las relaciones sexuales sino que es un acuerdo que une las existencias de los esposos dando un nuevo color y un nuevo ritmo a sus vidas.

Saca de la soledad privilegiando a la pareja en vez de al individuo solo y los hace complementarios.

Con respecto al segundo objetivo dice el Corán:

“El es el Creador de los cielos y de la tierra. Os ha dado esposas salidas de entre vosotros, y (análogamente) hizo a los rebaños (tam­bién) de machos y hembras. Es así como El les multiplicó. No hay nada que se Le asemeje. El es el Perceptísimo, el Videntísimo.” (42: 11)

La tradición islámica respecto a la elección de la mujer remarca un punto, es decir, la mujer propuesta debería ser capaz de dar a luz un hijo y por lo tanto no ser estéril. De acuerdo a un bien conocido hadiz (tradición), dijo el santo Profeta (B.P. y D.): “Cásense y den a luz nuevos vástagos para que su número pueda aumentar.”

Elección de un esposo o esposa.

Una de las cuestiones más críticas relacionadas con el matrimo­nio y la formación de la familia es el de la elección de la esposa o es­poso. En este sentido se le debería prestar atención a los siguientes puntos:

—Libertad en la elección de esposa o esposo.

—Igualdad entre el marido y la mujer, es decir ambos deben ser satisfactorios para ambos.

—Los criterios que deben ser tenidos presente en vista a determi­nar esa conformidad.

—Personas entre las que está prohibido el matrimonio.

—Solicitud de la mano para el matrimonio.

—Libertad en la elección del esposo o la esposa.

Esta libertad es un principio al que el Islam prestó mucha aten­ción porque una vida conyugal satisfactoria depende de la compati­bilidad intelectual, espiritual y moral entre los esposos. Esta compa­tibilidad solamente puede existir si ambas partes son libres en su elec­ción y hacen ésta por propia voluntad después de un cuidadoso estu­dio y sin ningún tipo de coerción. De otra manera no se puede esperar que su vida conyugal sea placentera y satisfactoria.

De acuerdo a los cánones legales islámicos la primera condición de validez del contrato matrimonial es que debería ser propuesto por la mujer y aceptado por el hombre y ambos deberían actuar libre­mente en la materia.

En distintas ocasiones los Imames (P), especialmente cuando eran consultados acerca de la elección de una esposa o esposo mar­caban enfáticamente que la principal condición de validez de un ma­trimonio es el libre consentimiento de ambas partes. No está permi­tida ninguna imposición en este sentido.

Un joven se quejó al lmam Al-Sadiq (P) de que sus padres estaban presionando para que se casara con una joven que a él no le gustaba a la vez que estaba interesado en otra. Luego le preguntó al Imam que tenía que hacer en ese caso. El Imam le dijo: “Cásate con la que te gusta.”

Debe recordarse en este sentido que los padres no pueden obli­gar a sus hijos a que se casen contra su voluntad.

Consentimiento del padre para el casamiento de una joven.

Las enseñanzas del Islam recomiendan que las hijas deberían ca­sarse con el consentimiento de sus padres. Muchos juristas musulma­nes consideran este consentimiento una condición esencial para el casamiento de las jóvenes. En este sentido se pueden señalar los si­guientes puntos.

(1) Como un matrimonio establece un contacto social entre dos familias tanto las jóvenes como los jóvenes fueron aconsejados para que consulten a sus padres respecto a la elección de su futu­ra mujer o futuro marido. Tal proceder es una muestra de respeto a los padres y el reconocimiento a ellos de todo lo que deparó su crianza. También sirve para un mejor entendimiento entre los padres de ambas partes. Sobre todo, es una manera apropiada de beneficiarse de la experiencia personal y el conocimiento social de los padres respecto a la elección del modelo de vida y la apro­piada conducta conyugal.

(2) Los padres han sido alentados a que, mientras guían a sus hijos, deberían tomar en cuenta sus reales requerimientos y las nuevas condiciones en las que tienen que vivir. Deberían comprender que el casamiento en primer lugar concierne a sus hijos así como su vida futura y la de los hijos que vayan a tener. Por lo tanto, en el momento de las consultas los padres deberían prestar atención en primer lugar a las cualidades básicas y de no­bleza que debiera poseer quien se va a casar con su hijo o hija, y no considerar otras cosas como más importantes. Incluso, debe ser influenciado mucho menos por consideraciones engañosas como la riqueza o la posición social de la familia del novio o la novia.

(3) Los juristas que consideran el consentimiento del padre una con­dición esencial para el casamiento, sostienen éste punto de vista solamente respecto a las vírgenes. Evidentemente dan gran impor­tancia a esta condición solamente porque en su opinión la inter­vención de un padre cariñoso y experimentado es de gran valor.

(4) Incluso en el caso de las mujeres vírgenes sostienen que el con­sentimiento del padre es esencial solamente en tanto intente sal­vaguardar los intereses de su hija y no impone su propia voluntad sobre ella aún cuando el no hacerlo así pueda ir contra los propios intereses de la misma. Si se encuentra que el padre está empeña­do en imponer su voluntad contra los intereses de su hija, es deber de las autoridades pertinentes enterarse de lo que pasa, por virtud de la facultad de la que está investido un gobierno musulmán jus­to, para tomar las acciones del caso con el objeto de salvaguardar los intereses de la joven.

Igualdad o adecuación general para la alianza matrimonial

Dijo el santo Profeta: “Cásate con tu igual. Elige a tu pareja de la vida entre tus iguales. Y elige las mejores madres para tus hijos.”

En las sociedades con sistema tribal generalmente cada tribu ase­gura que tiene cierta distinción y sobre esta base reclama su superiori­dad sobre otras. Esta aseveración ficticia asume a veces la forma de dis­criminación racial, de la misma manera que los blancos creen en su su­perioridad sobre los negros o los pieles rojas, o ciertos nacionalismos so­bre otros pueblos, como sucede en el mundo moderno. En las socieda­des con diferencias de clases esas aseveraciones son hechas por ciertas ­clases, como los clérigos, los militares, los políticos, los burócratas. etc. Uno de los efectos de tal exigencia es que los miembros de una familia, una profesión o una clase se restringen siempre a casarse sola­mente dentro de su círculo y la otra parte debe pertenecer a una de las familias prominentes bien conocidas. El matrimonio entre un blan­co y un negro está prohibido. Un hijo o hija de un clérigo u oficial militar, de un empresario o un burócrata, no puede casarse con una hija o un hijo de un trabajador o campesino.

Esta práctica indeseable está aún más o menos prevaleciente entre las llamadas familias nobles. Las mismas se oponen rotundamente, al casamiento de sus hijos con aquellos que pertenecen al sector de bajos ingresos o no privilegiados, que no posean una profesión destacable.

El Islam denuncia tal discriminación. Se relata que el santo Pro­feta ha dicho: “Los creyentes son iguales entre sí”.

El Imam Al-Sayyád (P) eligió una mujer como esposa y se casó con ella. Tenía un amigo ánsar (descendiente de los medinenses compa­ñeros del Profeta) que se sintió triste debido a que se había casado con una mujer que no pertenecía a una familia prominente. Pero cuando al averiguar se enteró que pertenecía a una respetable familia de Bani Shaiban, quedó consolado. Fue donde el Imam y le dijo: “Me sentí infeliz y desanimado debido a que te habías casado con una mujer no respetable. Otras personas decían lo mismo. Finalmente decidí inves­tigar y me encontré con que pertenecía a la tribu de Bani Shaiban.”

Respondiéndole le dijo el Imam: “Estaba bajo la impresión de que tú eras la persona más inteligente que había encontrado hasta ahora.

¿No sabes que el Islam ha venido para elevar a las clases más bajas de la sociedad y remover todas las iniquidades? Ahora ningún musulmán es inferior o de clase baja.” como tal, en la sociedad musulmana el linaje, la nacionalidad, la posición de la familia y otros factores similares no es un impedimento para el matrimonio entre dos musulmanes, quienes por otra parte son aptos para casarse de acuerdo con las normas que se mencionan.

Criterios para la selección de pareja.

(1) La fe.

El primer criterio de elección de un esposo o esposa es su fe, es decir, fe en el Islam y su modo de vida. La sociedad islámica es una so­ciedad ideológica. En dicha sociedad la fe en su ideología representa lo principal de su vida. Es la fuerza motivante que impulsa a esa socie­dad hacia las metas que tiene puestas delante suyo. A esto se debe que, en tanto diseña, cualquier sistema social o ley tiene que tener en cuenta todos los factores que pueden fortalecer o debilitar la fe en su ideolo­gía.

En nuestro estudio anterior dijimos que, desde el punto de vista islámico, el objetivo del casamiento no es simplemente el goce sexual sino la formación de una atmósfera familiar saludable para que:

—Marido y mujer puedan vivir con un amor, afecto y entendimien­to mutuo.

—Puedan crear el ambiente apropiado para el nacimiento y desarro­llo de los hijos, lo que puede establecer miembros más maduros y activos para la sociedad ideológica islámica.

Es evidente que estos dos objetivos se pueden lograr si marido y mujer creen en el Islam y practican sus enseñanzas en el máximo grado.

Algunas veces se observa que ciertas personas tienden a sostener, en nombre de la liberalidad, la tolerancia y la amplitud de criterio, que la disparidad en materia religiosa no debería ser un obstáculo para el matrimonio.

De acuerdo a ello, ¿por qué debería objetarse el que un creyen­te musulmán se case con una mujer que no crea en Dios o en el Corán y el Profeta del Islam, o también, que una mujer se case con un ateo o con quien no cree en el Islam y el Corán?

Tales cuestiones, en vez de ser un signo de amplitud de criterio y liberalidad, normalmente muestra que la gente que lo plantea no tiene idea del significado del matrimonio como lo mencionamos antes, ni es conciente de la real importancia de la religión, especialmente del Islam.

Si la religión significa, como la misma palabra lo indica, una ma­nera de vida particular, y si se entiende que el matrimonio debe ser una vinculación espiritual afectuosa que pueda crear una atmósfera de cordialidad y coherencia en la pareja, ¿cómo puede ser posible enton­ces que dos personas de religiones e ideologías distintas sean capaces de crear tal vínculo y tal atmósfera?

La experiencia práctica ha mostrado que los matrimonios de este tipo acaban gradualmente ya sea en el debilitamiento de ambos o de uno de ellos en su práctica religiosa, o en la incompatibilidad o frial­dad en sus relaciones. En cualquier caso es una gran amenaza para una sociedad ideológica como así también para la felicidad de la pa­reja. Además, es una amenaza mucho más grande a la fe y prosperi­dad de sus hijos.

Realmente no se puede esperar que los hijos nacidos y criados en una familia con dos religiones diferentes vayan a ser verdaderos creyentes en el camino del Islam.

2) La moral

La unidad en la fe de marido y mujer es una condición esencial del matrimonio, pero no es la única condición. También se debería prestar atención a otras cuestiones, especialmente a los aspectos mo­rales de los esposos.

Uno de los compañeros del décimo Imam (‘Alí Al-Hadi ,P) dijo: “Escribí una carta al Imam Abu Yafar (Muhammad Al- Baqir, P) Preguntándole algunas cosas sobre el matrimonio. En su respuesta el Imam puso: ‘El santo Profeta ha dicho: Tan pronto como una pre­tendiente, que es religiosa y con cuyo carácter estás satisfecho, se acerca a ti para pedirte en matrimonio, toma las medidas para con­cretar el casamiento. Si no lo quieres hacer, te desviarás del camino recto y puedes enfrentarte con una gran crisis’.”

Otro compañero del Imam le escribió sobre la misma materia. En respuesta el Imam le contestó: “Si estás satisfecho con la religiosi­dad e integridad moral de la pretendiente, cásate. De otra manera...”

En otras dos narraciones el Imam Al-Sadiq (P) ha insistido sobre la castidad y continencia de la esposa.

3) Competencia financiera.

El hombre musulmán debe proveer los medios de vida a su mujer e hijos. Por lo tanto es esencial que tenga suficientes medios de ante­ mano, para hacerse cargo de esta responsabilidad.

Se relata que el Imam AI-Sadiq (P) dijo: “Un marido conveniente es aquél que es puro y competente financieramente.”

4) Compatibilidad

La compatibilidad y similitud en las ideas y los deseos de los espo­sos es uno de los factores más efectivos en el éxito de un matrimonio. Habiendo compatibilidad hay poca posibilidad de que surja alguna se­ria diferencia entre ambos. Y si en alguna ocasión surgen puntos de vista diferentes, el problema se puede resolver fácilmente. Se puede esperar que su vida matrimonial sea feliz y satisfactoria. Sin embar­go, un matrimonio acompañado por choques permanentes entre marido y mujer puede no solamente arruinar sus vidas sino también la de sus hijos y parientes cercanos.

Solamente llevan una vida matrimonial feliz aquellos esposos y esposas que:

—Se percatan del concepto del matrimonio humano.

—No solamente son socios en la vida sino que también son bene­volentes amigos y creyentes ambos en lo mismo.

—Juzgan necesario cooperar entre sí en todo sentido.

—Evitan todo tipo de arrogancia y altanería en su relación.

—Respetan sus derechos recíprocos e intentan componerse mutua­mente.

Como elegir un esposo o esposa apropiado.

No hay duda de que es esencial investigar suficientemente acerca de la futura esposa o esposo para asegurarse que él o ella son adecuados en todo sentido para concluir una relación firme y permanente.

Una acción apurada impelida por el impacto de las emociones juveniles o impuestas por la presión de los parientes probablemente cau­sará a posteriori problemas e inconvenientes. De todos modos, una in­vestigación provechosa y razonable no debería confundirse con la ligera costumbre del noviazgo. Tan liberal amistad íntima, cualquiera sea el nombre encantador que se le pueda dar, no se puede permitir, porque en lo fundamental no apunta al matrimonio y a la formación de una familia.

En este sentido, se debe adoptar una vía intermedia, alejada de los dos extremos opuestos, y esto es lo que ha sido recomendado por el Islam.

Un hombre preguntó al Imam Yafar Al-Sadiq (P): “¿Está permi­tido que uno vea a la mujer con la que quiere casarse y mire su cabello y otros encantos?” El Imam .respondió: “Si, no hay objeción alguna, probado que no haya ninguna intención sensual”

Personas entre quienes está prohibido el casamiento.

Una persona que no puede entrar en relaciones maritales con otra del sexo opuesto en razón de los vínculos (familiares) ya existen­tes entre ellos, es llamada “mahram”.

Posiblemente la idea que respalda esta norma es que las relaciones familiares en cierto nivel, como la que hay entre hermanos y hermanas, padre e hijas, o hijos y madre, deberían ser mantenidas absolutamente separados del campo sexual.

Los “mahrams” entre quienes las relaciones matrimoniales no son válidas, se dividen generalmente en tres categorías:

(1) Quienes están vinculados por la sangre son “mahrams” consanguí­neos.

(2) Quienes están relacionados por la crianza en común, establecida en cumplimiento de, algunas condiciones especiales y representan en la práctica un tipo de vinculación por la sangre adquirida, son      “mahrams” por adopción.

(3) Quienes pasan a quedar relacionados en virtud de un matrimonio, son “mahrams” por afinidad.

Las normas respecto a la prohibición de casamiento sobre la base de la consanguinidad y afinidad existen con ciertas variaciones, ya sea en las leyes seculares codificados en las costumbres convencionales de todas las naciones. Solamente algunas comunidades por ciertas ra­zones especiales, como ser el mantener la pureza de la sangre y preser­var sus características raciales o familiares, han recomendado la relación matrimonial entre parientes cercanos, pero hoy día tales ejemplos son extremadamente raros.

Mahram consanguíneos.

Siete categorías de personas son excluidas de la relación matrimo­nial sobre la base de la vinculación sanguínea. Un hombre no puede casarse con:

—Su madre o abuela.

—Su hija o descendientes de ésta.

—tías o tías abuelas.

Una mujer no se puede casar con:

—Su padre o abuelo.

—Sus hijos y sus descendientes.

—Tíos y tíos abuelos.

Mahrams por adopción.

Bajo condiciones específicas la adopción induce a los mismos lími­tes en la prohibición de la relación matrimonial que los que tienen la consanguinidad.

Mahrams debido a la afinidad.

Cinco categorías de persona están excluidas de la relación matri­monial en base a la afinidad o relación creada por el casamiento.

Un hombre no puede casarse con:

—la suegra

—la nuera

—la madrastra

—la hijastra

—la cuñada carnal

Una mujer no puede casarse con:

—el suegro

—el yerno

—el padrastro

—el hijastro

—el cuñado político.

Un hombre tiene prohibido casarse con su cuñada carnal en tanto la hermana de ésta sea su mujer. Si esa relación finaliza como resultado de la muerte o el divorcio, no hay objeción a su casamiento con una hermana de su anterior mujer. Por lo tanto en este caso la prohibición no es permanente. A esto se debe que la cuñada carnal no es conside­rada “mahram” en lo que hace a verla o reunirse con ella.

Contrato matrimonial.

De acuerdo a la ley islámica las partes comprendidas pueden, en presencia de todas las otras condiciones esenciales, contraer matrimo­nio directamente y cambiar la fórmula prescripta para este fin, siem­pre que sean adulta, madura y estén en sus cabales. Para el casa­miento no es esencial señalar un apoderado si las partes pueden con­traerlo convenientemente.

Después que se llega a un completo acuerdo respecto a las condi­ciones, etc., el contrato matrimonial es iniciado normalmente por la mujer. Esto muestra que una mujer musulmana es totalmente libre en la elección de su marido y para contraer matrimonio. Luego el futuro esposo acepta las condiciones acordadas. Al principio, al pro­poner el contrato matrimonial la mujer dice a su futuro marido: “me caso contigo en forma permanente con la dote fijada (de acuerdo a las condiciones convenidas).”

Entonces el hombre anuncia su aceptación y dice: “Acepto.”

Como ya señalamos, una joven no puede ser dada en matrimonio contra su voluntad ni puede ser compelida a decir “si” por la fuerza, por amenaza o tormento. De la misma manera, un joven no puede ser obligado a casarse con una mujer que no quiere. Como norma, cualquier contrato concluido a través de la fuerza o compul­sión es nulo.

Independencia financiera de la mujer.

Como sabemos, en el sistema social islámico la mujer es al igual que el hombre, financieramente independiente; Pueden obtener las mujeres dinero por medios legales. Tienen un total control sobre sus propiedades y pueden disponer de las mismas como les guste.

Dice el Corán:

“Los hombres tendrán parte según sus méritos y las mujeres se­gún los suyos.” (4:32)

En cuanto al trabajo doméstico de la mujer en la casa donde vive con su marido, depende totalmente de su propia voluntad, deseo o inclinación. Desde el punto de vista religioso y legal no hay ninguna compulsión.[1]

Dice el Corán:

“Dad a vuestras mujeres su dote gratuitamente” (4:4).

En el contrato matrimonial el marido se compromete a regalar algo satisfactorio a su mujer. Este regalo no debe ser considerado un precio de compra del cuerpo de la mujer ni tiene la característica de una recompensa por su servicio en el hogar o algo a lo que echar mano en el futuro en caso de separación o muerte. No es más que un regalo y si ella lo desea le debe ser dado inmediatamente. Por eso en el versículo citado ha sido expresado por medio de la palabra “nihlah”, es decir, regalo gratuito. En el Corán la palabra “saduqa” ha sido empleada para la “dote”. Esta expresión implica que la dote es signo de la sinceridad del hombre en lo que hace a su cariño y a su ofreci­miento de matrimonio.

La dote es en realidad un medio de exhibir el respeto del hombre por su futura esposa.

Valor de la dote.

Los líderes islámicos han recomendado enfáticamente que el monto de la dote debería ser poco gravoso y las otras condiciones maritales sencillas. La mujer que demanda una fuerte dote y no quiere aceptar un contrato matrimonial sin unas exigentes condiciones finan­cieras ha sido descripta como poco propicia e infeliz, porque el signi­ficado moral de la dote como un símbolo del interés y cariño del hom­bre es mucho más elevado que su valor material y financiero.

Es de advertir que concluido el contrato matrimonial, sea lo que fuese la dote, éste se vuelve propiedad de la mujer. Ya sea un terreno, un jardín o una suma de dinero, su beneficio va exclusivamente para ella. Solamente con el consentimiento de la mujer puede quedar el ma­rido como custodio del mismo y usar los beneficios que depare en su vida en común.

Obligaciones del marido y la mujer.

Después de describir el concepto de matrimonio desde el punto de vista islámico y los rituales prescriptos en relación con el mismo, nos referiremos a las obligaciones que impone sobre ambas partes. Estas obligaciones incluyen responsabilidades humanas y financieras.

Responsabilidad financiera (nafaqah).

La manutención es una responsabilidad legal en el sistema fami­liar islámico. En términos generales es de dos tipos:

(1) Manutención condicionada a la condición pecuniaria de la perso­na. Por ejemplo, los hijos tienen derecho a la misma frente a sus padres, los padres ancianos que no pueden cubrir sus gastos tienen derecho a ella frente a sus hijos.

(2) Manutención no condicionada a la condición pecuniaria de la per­sona. Es el caso de la mujer que tiene derecho a ser mantenida por su marido. La manutención incluye todos los gastos necesarios y convencionales. En el caso de la esposa, el marido es responsable de la provisión de alimento, ropa, alojamiento y todo aquello ne­cesario para el confort y manejo del hogar. Por supuesto, la com­petencia financiera del marido debe ser tenida en cuenta en la im­plementación de estas responsabilidades.

La manutención de la mujer tiene los siguientes rasgos distintivos: ­

—Es técnicamente una deuda cuya cobertura está en primer lugar y a su pago debería acordársele prioridad principal.

—En el derecho de la mujer a la manutención cabe la demanda y no es como la manutención mencionada en el punto 1 antes mencionado, el cual sólo tiene sentido de deber que si no es cumplido por algún tiempo puede prescribir.

—La manutención de la mujer por parte del marido es obligatoria incluso aunque ella sea rica, mientras que en el caso de los hijos y pa­dres es condicional, dependiendo de su grado de pobreza y de que sea capaz financieramente de cubrir sus requerimientos personales.

—En caso que el marido, a pesar de su buena posición financiera, no provea lo necesario a su esposa para sus gastos, es deber de las autoridades gubernativas ordenarle que lo haga, y si fuese necesario, decretar su separación.[2]

MANUTENCION DE LOS HIJOS y RESPONSABILIDAD DE SU TUTORIA

Al nacer un hijo en la familia tanto el padre como la madre se ven abarcados en nuevas responsabilidades. En tanto el chico está con ambos, cada uno tiene una responsabilidad proporcional a sus condi­ciones sociales, naturales y sentimentales.

Como la mujer ha sido provista por la naturaleza con un sistema para amamantar al niño, con la llegada de cada criatura tiene que so­meterse a las exigencias del embarazo, del parto y amamantamiento del recién nacido. Durante el embarazo y la nutrición tiene una respon­sabilidad especial en el cuidado del niño.

Es evidente que incluso después de este período el infante requie­re un cuidado constante y una crianza física y moral correcta. En la mayoría de los casos no puede lograr el requerido crecimiento espiri­tual, y desarrollo físico y mental, excepto bajo el atento cuidado de la madre.

Es el profundo cariño de la madre y el tierno afecto acompa­ñado al sacrificio el que responde a los requerimientos del niño y edu­ca sus talentos y facultades naturales. La falda materna es la primera institución donde el niño recibe educación. Los primero años de la vida de la criatura es la época más impresionable durante la cual el fundamento de su personalidad queda al cuidado de la madre. Todos los logros literarios, espirituales, científicos y sociales son principal­mente el fruto de las primeras semillas sembradas por la madre en la impresionable mente del hijo.

Si la madre tiene que llevar la estupenda responsabilidad del cui­dado y preparación básica del hijo, ¿sería razonable esperar que se comprometa en trabajos lucrativos y trabaje fuera de la casa en pie de igualdad con el hombre en la lucha por cubrir las necesidades eco­nómicas de la familia? ¿No sería una injusticia con ella?

O, ¿sería correcto quitarle la responsabilidad de criar sus hijos y pedirle que se gane los medios de vida, incluso viviendo con el espo­so?

¿No sería mejor que los medios de vida le sean provistos de una manera digna y ella tenga la oportunidad de dedicarse por com­pleto al cuidado de sus hijos?

¿No es esta equitativa división del trabajo entre los esposos de manera proporcional a sus potencialidades físicas y espirituales, un método más respetable de cubrir los requerimientos familiares?

De todos modos, se debe recordar que la cuestión de la manuten­ción en el contexto del sistema familiar islámico no significa que la mujer es un parásito o que el alimento, la ropa, la morada y otros medios de vida le son provistos en consideración de los servicios que presta al marido. No es más que una cuestión de equitativa división del trabajo y las obligaciones basado en el principio del esfuerzo en común. A esto se debe que en caso que el marido no sea capaz de ob­tener suficientes medios de vida, los sentimientos familiares y el espí­ritu de cooperación demandan que la mujer, por medios legales, se esfuerce en cooperar con su esposo en la dirección de los asuntos de vida en común. Bastantes ejemplos de ese tipo de cooperación se ven en la sociedad islámica, especialmente entre los grupos de bajos ingre­sos. Por otra parte, no es suficiente por parte del marido que simple­mente provea los medios materiales de vida a su mujer. En la ausen­cia del espíritu de benevolencia comprensiva, el esfuerzo en común y la cooperación en la vida marital será más bien fría y sombría.

Se puede decir que el marido, al estar a cargo de los asuntos fa­miliares, carga con una grave responsabilidad que al igual que otras si­milares requiere una especie de sacrificio. Por ejemplo, en el caso de la administración de un país, el cargo presidencial no está para cubrir los requerimientos personales del presidente, sino que este es designa­do para asegurar la administración regular de los asuntos nacionales.

Es necesario obedecerle principalmente porque él presta atención a sus responsabilidades así como a los derechos y responsabilidades de sus auxiliares. Por lo tanto si el presidente se excede de sus límites y quie­re emplear mal su cargo, no tendrá derecho a esperar que otros le ten­gan ninguna consideración.

También en el caso de los asuntos familiares al marido se le ha da­do ciertos derechos, como el derecho de la tutoría de los hijos hasta que alcancen la pubertad, o el de dar el consentimiento para el casa­miento de una hija virgen, además de algunos otros. Pero se le ha confiado estas responsabilidades solamente para asegurar el manejo regular de los asuntos familiares y evitar la disolución de la estructura familiar. Por lo tanto, si el marido viola los límites del caso en cual­quier cuestión, sus facultades serán reducidas y no tendrá la influen­cia que debería tener si cumple con su papel apropiadamente.

No obstante, el principio de que las necesidades para la subsis­tencia deben ser provistas por el esposo, es un factor importante para llevar confort al hogar y relevar a la mujer de ganar su sustento. Esto le da a ella una oportunidad para cumplir su papel en el manejo de las cuestiones domésticas de manera más efectiva y comprensiva. Este principio no debería ser interpretado como una justificación del domi­nio desenfrenado del hombre sobre su mujer e hijos.

Responsabilidades moral y humana

Además de los compromisos normales como la responsabilidad financiera del marido y de la mutua atención de los esposos para satisfacer sus necesidades sexuales de manera lícita hay otros princi­pios básicos importantes que afectan profundamente la vida marital. En realidad el éxito de esa vida depende de su observación, los que dan un encanto especial y un carácter ameno a las relaciones conyuga­les que de otra manera adoptarían una forma fría y materialista de dar y recibir. En la enseñanza islámica estos principios han sido resumidos en las dos máximas siguientes:

(1) Mutua confianza, cuya manifestación práctica es la cooperación entre los esposos para hacer su vida común regular y tranquila.

(2) Abstinencia de todas las cosas que puedan enturbiar su confianza mutua.

De acuerdo a la tradición islámica la mejor mujer es aquella sin­ceramente cariñosa y, de acuerdo con la expresión islámica “uadúd”, es aquella que coopera con su marido incondicionalmente y es una ayu­da para él en todos los asuntos materiales y espirituales, a la vez que en ningún caso resulta motivo de nuevas preocupaciones para el mismo.

Fuente: libro INTRODUCCION A LA COSMOVISION DEL ISLAM, Editorial Elhame Shargh

Todos derechos reservados. Se permite copiar citando la referencia.

www.islamoriente.com  Fundación Cultural Oriente


[1] No está fuera de lugar mencionar aquí que en los países europeos como Inglaterra, Suiza, Alemania e Italia la mujer se aseguró la independencia econó­mica a partir de 1870. En Inglaterra en 1870, en Alemania en 1900, en Suiza en 1907 y en Italia en 1919. También vale la pena advertir que el real motivo de la promulgación de las leyes del caso no fue la protección de los derechos de la mujer como un miembro libre de la sociedad humana, sino que el motivo principal fue animar a las mujeres a que trabajen en las industrias y factorías para beneficio de éstas. Las leyes asumieron sus formas actuales solamente de manera gradual. Por otra parte, el reconocimiento de la independencia económica de la mujer ,en la ley islámica había tenido solamente un sentido humanitario y nunca apunto a su explotación económica. Will Durant ha dicho que Europa ha reconocido los derechos de propiedad de la mujer solamente para ponerla a su servicio.

[2] “Si un hombre no alimenta a su esposa, es deber de la autoridad de la comunidad musulmana disolver el matrimonio.” (Man la ihduruhul faqih)

Article_image
Article_rate
Average: 3 (1 vote)

Relacionado Artículos :