Particularidades del Sistema Judicial Islámico (I)

 Huyyatulislam Muhammadi Rai Shahrí

Traducción del persa: Shaij Feisal Morhell

En tiempos del Profeta (BP) no existieron juzgados como los existentes en la actualidad; en otras palabras, no existió un poder Judicial diferenciado del poder Ejecutivo y del Legislativo, con los amplios equipamientos y facultades de hoy en día. Es más, la división del estado en tres poderes es algo que básicamente no tiene precedentes en la historia del Islam.

La división de los poderes del estado en Ejecutivo, Judicial y Legislativo no es una clasificación islámica, aun cuando para ordenar los asuntos, esta división que existe actualmente en la República Islámica no sea contraria al Islam.

Lo que en el Islam se puede exponer en relación a estos poderes es que: el Poder Legislativo consiste en la revelación, el Judicial en los representantes de la revelación, y el Ejecutivo en el estado y sus funcionarios, que no tienen oficialidad sin la intervención de los representantes divinos; pero no se puede afirmar que tal separación de poderes tenga un carácter islámico.

Al comienzo de la misión profética, cuando el número de musulmanes era escaso, naturalmente, había muy pocos casos de carácter judicial, por lo que no existía la necesidad de un aparato judicial, sino que en los casos pertinentes, era la persona del Profeta (BP) la que emitía los juicios.

Tras la emigración a Medina y haberse extendido paulatinamente la influencia del Islam a las tribus árabes, aumentaron los requerimientos de  la sociedad islámica al respecto, de forma que, poco a poco, al Mensajero del Islam (BP) no le quedaba tiempo para juzgar personalmente en todos los casos.

Aparentemente, la primera persona a la que el Profeta (BP) designó como juez fue el Imam Ali (P).

El mismo Imam (P) se refiere a su envío como juez al Yemen de la siguiente manera:

El Mensajero de Allah (BP) me comisionó como juez del Yemen. Yo le dije: “¡Oh Mensajero de Allah! Soy joven y tú me envías como juez en medio de personas de edad y experiencia”. El Profeta respondió: “Allah te guiará para reconocer la verdad y afianzará tu lengua para establecer aquello que determines. Cuando ambas partes de un litigio se encuentren sentadas ante ti, no juzgues antes de escuchar a la otra parte así como escuchaste a la primera, puesto que en los asuntos judiciales es lo adecuado para determinar una sentencia”[1]. De esa manera fui designado como juez, cargo que detento hasta el presente”.

El ámbito del gobierno islámico se extendía mientras continuaba la carencia de medios para establecer un aparato judicial. De esa manera, el Profeta del Islam (BP) se vio enfrentado a una grave insuficiencia de personal judicial, razón por la que, en casos necesarios, designó a personas poco experimentadas que sólo tenían conocimientos primarios sobre el sistema judicial del Islam, a las que se les daba las indicaciones necesarias para que pudieran cumplir con su cargo.

Uno de esos casos, fue el envío como juez de Mu‘qil Ibn Iasar. Mu‘qil mismo expresa:

El Mensajero de Allah (BP) me comisionó como juez para mi propia gente. Dije: “¡Oh Mensajero de Allah! No veo en mí la preparación para esa responsabilidad”. El Profeta (BP) expresó: “No hay inconveniente. Allah ayuda al juez mientras éste no viole en forma intencionada los derechos de la gente” (repitiendo esta última frase tres veces)”.[2]

Es evidente que si el Mensajero de Allah (BP) hubiera tenido la gente suficiente que runiera las condiciones idoneas, nunca hubiera designado a personas como Mu‘qal, quien personalmente reconocía no estar versado en los asuntos judiciales.

Los Juicios en Presencia del Profeta (BP)

Paulatinamente, la tarea del Profeta (BP) fue tanta que con dificultad podía ocuparse de los casos. Por eso, a fin de educar a personas para tal tarea, fue necesario que los comisionara para juzgar, en la misma ciudad de Medina, e incluso en su presencia.

Uno de estos casos es narrado por ‘Uqbah Ibn ‘Amir, quien dice:

Un día me encontraba ante el Profeta (BP), cuando dos personas,  que eran las partes de un pleito, se dirigieron a él (BP) para que juzgara entre ellos. El Profeta (BP) me dijo que fuera yo el que juzgara. Dije: “¡Oh Mensajero de Allah! Tú eres más apropiado para ello”. Dijo (BP): “¡Juzga entre ellos!”. Dije: “¿En base a qué debo hacerlo?”. Dijo (BP): “Esfuérzate en juzgar mediante lo que constituye la verdad y las normas divinas. Luego de ello, si no te equivocas, y tu sentencia se corresponde con la realidad, tendrás diez recompensas, y si te equivocas, sólo tendrás una”.[3]

Hasta la desaparición del Profeta (BP), el mundo del Islam carecía de una estructura judicial ordenada.

Esta situación perduró durante el califato de Abu Bakr, y hasta mediados del gobierno de ‘Umar.

Ibn Jaldún escribe a este respecto lo siguiente:

El cargo de juez es una de las funciones del califa, puesto que sirve para dirimir las desavenencias entre la gente, en el sentido de que sus acusaciones contra otros sean solucionadas, y cesen las controversias y discusiones. Ello debe ser realizado conforme a las normas de la shari‘ah que se extraen del Libro de Allah y la Tradición del Profeta (BP). Es por eso que se contaba entre las funciones y tareas comunes del califa. Los califas, en los primeros tiempos del Islam, se investían a sí mismos con ese cargo, y no lo delegaban”.[4]

A mediados del califato de ‘Umar, durante el cual los musulmanes obtuvieron grandes conquistas y comenzaban a establecerse como un gran poder en el mundo, cuanto más se extendía el dominio del estado islámico, y la vida simple de los musulmanes iba adquiriendo tintes de bonanza, aumentaron las transgresiones sobre los derechos de los demás,  y los pleitos judiciales.

Esa es la razón por la que ‘Umar se planteó establecer un sistema oficial de justicia a lo largo del estado.

Ibn Jaldún escribe:

El primer califa que delego esta función en otro fue ‘Umar, quien comisionó a Abud Darda’ en Medina para ayudarle, a Shuraih en Basra y a Abu Musa Al-Ash‘ari en Kufa....[5]

Poco a poco, fue designando un juez para cada ciudad.

Los Juzgados de Comienzos del Islam

El decir que a mediados del gobierno de ‘Umar, había un sistema judicial de carácter oficial, no significa que la sociedad islámica de ese entonces disfrutara de una completa estructura administrativa, ya que los elementos judiciales de entonces eran bastantes simples y primarios:

“La casa del juez era también el juzgado. Tras un tiempo, los jueces eligieron las mezquitas para realizar su función, y en las tardes se ocupaban de los casos de la gente, incluyendo a Ahludh dhimmah y a los no musulmanes en general. Durante los tiempos del Profeta (BP), de Abu Bakr y de ‘Umar, las mezquitas no sólo servían de juzgado, sino también de prisión, pero el Imam Ali (P) durante su califato, dispuso la prisión aparte”.[6]

No existía investigación, ni elaboración de expedientes, sino que las partes en disputa se presentaban en la casa del juez o en la mezquita, junto con sus pruebas, que generalmente consistían en testigos o juramentos, emitiendo el juez una sentencia en esa misma sesión.

El Problema del Aparato Judicial de ‘Umar

El problema del sistema judicial que ‘Umar estableció, consistía en que los jueces carecían de las condiciones que la ley divina dispone. Muchas veces ocurría que el juez no sabía cuál era la norma del Islam respecto a una cuestión y cómo debía ser su decisión, incluso en muchos situaciones en que el caso se dirigía a la persona de ‘Umar mismo, éste tampoco podía emitir un juicio categórico y ordenaba que se dirigieran al Imam Ali (P). En relación a esto, repetidas veces ‘Umar expresó: “¡Dios mío! ¡No me enfrentes a un dilema para el cual no esté Abul Hasan!”.[7] También es sabido que decía: “Si no fuera por Ali ‘Umar hubiera perecido”, y: “El más capacitado como juez entre nosotros es Ali”.[8]

El Sistema judicial del Islam en la Época del Imam Ali (P)

Los juzgados que ‘Umar había implementado permanecieron de esa forma hasta la época de Amir Al-Mu’minin Ali (P), e incluso en algunos casos con los mismos jueces.

Después de que el Imam asumiera al poder, se enfrentó a dos problemas fundamentales, puesto que no podía eliminar los juzgados existentes, ni tampoco permitir que el sistema continuara de esa manera. Si eliminaba los juzgados, ¿cómo cubriría las crecientes necesidades de justicia del estado islámico? Y si no los eliminaba permanecerían en su puesto jueces incompetentes.

La solución del Imam (P) fue confirmar a los jueces en su puesto, puesto que no tenía otro remedio, pero prohibiendoles hacer efectivas  las sentencias antes de ser aprobadas por él mismo, algo análogo a lo que sucede hoy en día con sentencias como incautación de bienes o ejecución, que deben ser aprobadas por el tribunal superior.

Uno de los casos que fue registrado en los libros de hadices y de historia, es la confirmación en su puesto de Shuraih, que ostentaba el cargo de juez desde la época de ‘Umar, y que hasta la llegada del Imam Ali (P) al poder, era un juez con plenos poderes, cuyas sentencias se hacían efectivas inmediatamente después de que las emitía. Pero luego el Imam (P) limitó sus facultades, corroborándolo en su puesto con la condición de que no ejecutara una norma antes de consultarle.

El Imam As-Sadiq (P) dijo el relación a esto:

لمّا ولّى أميرُ المُؤْمِنينَ عَلَيهِ السَّلامِ شُرَيْحاً القَضاءَ اِشتَرَطَ عَلَيْهِ أنْ لا يُنْفِذَ الْقَضاءَ حَتَّى َعْرُضَهُ عَلَيْه.

Cuando Amir Al-Mu’minin Ali (P) encargó a Shuraih los asuntos judiciales, le puso como condición que no hiciera efectivo el juicio hasta que no se lo expusiese.[9]

Salamah Ibn Kuhail dice que escuchó a Amir Al-Mu’minin (P) decirle a Shuraih lo siguiente:

...إيّاكَ أن تُنْفِذَ قَضِيَّةً في قِصاصٍ، أوْ حَدٍّ مِنْ حُدودِ اللهِ، أوْ حَقٍّ مِنْ حُقوقِ الْمُسْلِمينَ حَتَّى تَعْرُضَ عَلَيّ...

¡Guárdate de ejecutar un caso en que haya que aplicar el Talión, un hadd, o un haqq o derecho de entre los derechos de los musulmanes, hasta que me lo expongas...![10]

Entre los esfuerzos del Imam (P) por corregir las deficiencias, está su orden, a los gobernadores de las diferentes regiones, de reconocer a las personas que reunían las condiciones de idoneidad, y disponerlas a cargo de los asuntos judiciales del estado. Él se encontraba realizando esa gran tarea cuando fue asesinado por los hipócritas mientras estaba dirigiendo el rezo en el mihrab u hornacina de la mezquita. Con su martirio, el destino de la sociedad islámica en general y el del sistema judicial del Islam en particular, cayó en manos de gentes que, en nombre del Islam, cometieron crímenes que ennegrecieron su historia.

Las Particularidades de un Juicio en el Islam

El vocablo Qada’ (قضاء)  en el idioma árabe, tiene significados diferentes. El autor de Yawahirul Kalam al inicio del capítulo Al-Qada’, menciona hasta diez significados para este vocablo,[11] pero lo que compete a nuestro estudio es el Qada’ con el significado de juicio o sentencia.

Cuando los magos del Faraón vieron que el bastón de Moisés (P) se convirtió en un dragón que tragó sus ilusiones con forma de serpientes, adquirieron la certeza de que Moisés (P) era en realidad Profeta de Allah (BP), y creyeron en su Mensaje. El Faraón enfurecido sentenció que les cortaran una mano y un pie opuestos, y que los crucificaran.

Luego de ser emitida la sentencia, los magos dijeron:

لَنْ نُؤْثِرَكَ عَلى ما جاءَنا مِنَ الْبَيِّناتِ وَ الَّذي فَطَرَنا فاقْضِ ما أَنْتَ قاضٍ

طه / 72

«¡Por Aquel que nos ha creado! Que no te preferiremos por sobre las evidencias que nos han llegado. ¡Emite el juicio que te plazca!»

(Ta-Ha: 20 / 72)

Como se puede observar, aquí se usa el vocablo Qada’ con el sentido de sentencia, pero la acepción de este término para los ulama es: “Potestad para emitir un juicio, que el gobierno islámico delega en personas que poseen la idoneidad para ello”. A veces, se lo usa como sinónimo de hukm, que es el juicio mismo.

La Diferencia entre Fatua y Qada’

La Fatua es un juicio emitido. El Qada’ también. El Mufti tiene la potestad para emitir un juicio. El Qadi también. Entonces, ¿cuál es la diferencia entre ambos?

1- El Qadi es quien hace efectiva una fatua

Aun cuando tanto la Fatua como el Qada’ tienen el significado de “juicio”, la diferencia consiste en que el Hukm en relación a la Fatua es general, y en relación al Qada’, es particular. El Hukm en relación a la Fatua es una ley, mientras que en relación al Qada’ es la efectivización de dicha ley. El Mufti es quien deduce una ley divina, mientras que el Qadi es el que la ejecuta. El Mufti es quien expone el hecho de que es ilícito violar los derechos de los demás, mientras que el Qadi es quien devuelve un derecho a su dueño.

2- La sentencia de un Qadi rige sobre un Mufti

Otra diferencia entre el Qada y la Fatua es que el dictámen de un Faqih o Mufti, no es aplicable para otro Mufti ni para quienes siguen las enseñanzas de este último. En cambio, el Qada’ y el Hukm de un Qadi no sólo es aplicable para otro Faqih o Mufti, sino que incluso su acatamiento es indispensable, aun cuando no sea acorde a su propio dictamen u opinión.

El Qada’ en el Islam

Desde el punto de vista islámico, la posición de Juez, así como es  una de las más delicadas e importantes, es a la vez una de las más comprometidas. En el Islam el Juez es un representante de Allah y una persona de virtud y méritos, aunque también puede ser catalogado como una de las peores bestias. En magníficas expresiones, el Imam Ali (P) se dirige al qadi Shuraih de la siguiente manera:

يا شُرَيْح! قَدْ جَلَسْتَ مَجْلِساَ لا يَجْلِسُ فيهِ إلاّ نَبِيٌّ أَوْ وَصِيٌّ أَوْ شَقِيَ!

¡Oh Shuraih! Has asumido un sitial que no es ocupado sino por un profeta, un sucesor de un profeta o un perverso.[12]

Veamos a continuación qué particularidades tiene un juicio islámico, y cuales son las características que debe poseer un juez en el Islam, sin las cuáles ese sitial de los Profetas y sus sucesores, ante los ojos de los dotados de discernimiento, se convierte en uno de los lugares más deplorables y repugnantes.

La Representación de Allah

يا داوُدُ إنّا جَعَلْناكَ خَليفَةً فِي الأَرْضِ فَاحْكُمْ بَيْنَ النّاسِ بِالْحَقِّ وَ لا تَتَّبِعِ الْهَوى

سورة ص / 26

«¡Oh David! Por cierto que te hemos dispuesto como representante en la Tierra, juzga, pues, entre la gente, mediante la Verdad y no sigas las pasiones»

(Sad 38: 26)

La primera característica de un juicio en el Islam, y que es el fundamento del resto de sus particularidades, es la condición divina de su designación, así como que el juez es el representante de Allah.

En otro sistema cualquiera, ese atributo es sólo una cargo social más, como lo es el de representante, ministro, presidente o gobernador. Pero en el sistema de los Profetas y del Islam, la cuestión es diferente, puesto que no se considera un cargo social, sino divino.

Aun cuando el resultado es que un juez adquiere un lugar en la sociedad, y la gente lo ubica en un cargo social, el Islam lo observa como un cargo y una posición divina. Aquí surge la siguiente pregunta: ¿Cuál es la diferencia entre un cargo social y uno divino?

La Diferencia entre un Cargo Social y uno Divino

En un nivel social, un cargo o posición es otorgado a una persona ya sea por otra persona o un grupo, o bien en base a alguna ley. Por ejemplo, cuando en un gobierno dictatorial alguien quiere ser gobernador, presidente, director general, etc., debe ser nombrado directamente por el rey, dictador, o presidente; o bien los cargos son repartidos por el partido dominante. En un gobierno democrático (suponiendo que exista en el mundo un gobierno realmente democrático), esos puestos son repartidos entre las personas competentes mediante leyes y normas.

Pero con respecto a los cargos divinos, éstos sólo pueden ser otorgados por Allah y Sus Enviados, o representantes.

Algunos de estos cargos sólo son designados por Allah mismo, como la profecía, respecto a la cual, aunque la totalidad de los profetas y sus sucesores y toda la gente que ha existido en el mundo se reuniera y decidiera que tal persona debe ser profeta y dirigir la sociedad con carácter de enviado divino, no se concretaría.

Existen algunos cargos que pueden ser otorgados por un profeta o por su sucesor. Uno de ellos es el de juez.

En otras palabras, los cargos sociales son otorgados por un hombre a otro, mientras que los cargos divinos son otorgados por Allah, ya sea directamente (como la profecía) o bien mediante un intermediario (como la posición de juez).

En base a esto, las personas pueden designar abogados, ministros, y presidentes, pero en un gobierno islámico no se les permite elegir a los jueces. Únicamente Allah, Glorificado Sea, o sus representantes, pueden hacerlo.

De la misma forma que, aunque todas las personas del mundo votaran por alguien para ser profeta no por eso lo sería, análogamente sucede con el cargo de juez, donde incluso en ese supuesto caso, desde el punto de vista islámico, no sería un juez; puesto que el Qada’ es un posición divina.

En otras palabras, el referente de los cargos sociales es la elección humana y social, mientras que el referente de los cargos divinos es Allah.

Una Rama del Árbol del Mensaje

La expresión más precisa en relación a la aclaración de la condición divina del cargo de juez, es lo manifestado por el autor de Al-Yauahir, en el cual ese gran faqih expresa:

Es una rama del árbol de la jefatura general del Profeta (BP) y de sus sucesores, con ellos sea la paz....[13]

El Juicio es particular de Allah

La prueba de la condición divina del acto de juzgar, consiste en que, desde el punto de vista del Islam, el juicio es particular de Allah. El Sagrado Corán expresa claramente:

إنِ الحُكْمُ إلاّ لله

يوسف / 40

«El juicio sólo es de Allah»

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[1] Kanzul ‘Ummal y Sunan Abi Dawud / T.3 / p. 301

[2] Mizanul Hikmah. Vocablo Al-Qadá (Los Procesos Judiciales) / Capítulo 3368 / Hadiz 16561

[3] Mizanul Hikmah. Vocablo Al-Qadá (Los Procesos Judiciales) / Capítulo 3396 / Hadiz 16568.

[4] Al-Muqaddimah, de Ibn Jaldun / p.323.

[5] Al-Muqaddimah, de Ibn Jaldun / p.323.

[6] Ta’rije Iytima‘ie Iran / T.4 / p.1088.

[7] At-Tabaqatul Kubra,  de Ibn Sa‘d / T.2 / p.339. Se transmitió de Sa’id ibn Musaiiab, que dijo: “‘Umar se amparaba en Dios de encontrarse ante un dilema para el cual no esté Abul Hasan!”

عن سعيد ابن مسيب قال: كان عمر يتعوّذ بالله من معضلة ليس فيها أبو الحسن

[8] Ibíd

«لولا علي لهلك عمر»، «أقضانا علي».

[9] Wasa’il ush-Shi‘ah / T.18 / p.6.

[10] Wasa’il ush-Shi‘ah / T.18 / p.154.

[11] Estos significados son: Hukm (sentencia), ‘Ilm (conocimiento), I‘lam (enunciación), Qaul (dicho), Hatm (fallo), Amr (orden), Julq (disposición), Fi‘l (acción), Itmam (culminación), Farag (vacío). Yawahirul Kalam / T.40 / p.7.

[12] Uasa’ilush Shi‘ah / T.18 / Cap.3 (Los Atributos del Juez).

[13] Yauahirul Kalam / T.4 / p.9 (nueva impresión).

[14] En referencia a la Aleya 60 de la Sura An-Nisa’:

ألم تر إلى االّذين يزعمون أنّهم آمنوا بما أنزل إليك و ما أنزل من قبلك يريدون أن يتحاكموا إلى الطاغوت و قد أمروا أن يكفروا به

«¿Acaso no ves a aquellos que pretenden ser creyentes en lo que te fue revelado y en lo que fue revelado antes que a ti, que quieren someterse al juicio del tirano, siendo que les fue ordenado renegar de él?».

[15] Biaharul Anwar / T.104 / pp. 262-263.

[16] Al-Mufradat, de Ar-Raguib (الكفر في اللغة ستر الشئ...).

[17] Ibíd. (الظلم عند أهل اللغة و كثير من العلماء وضع الشئ في غير موضعه).

[18] Ibíd. (فسق الرطب إذا خرج من قشره).

 

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