Islam y las características de un sistema social justo (II)
Por:
Ayatola Dr. Muhammad Husain Beheshtí
Ayatola Dr. Muhammad Yauád Bahonar
ELEMENTOS ESENCIALES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA SOCIAL JUSTO
Por naturaleza cualquiera quiere que su vida sea lo más exitosa y fructífera posible. Cualquiera está interesado en llevar una vida así y hace todo lo que puede por lograrlo. En esta lucha general existe la posibilidad que dos o más personas intenten apropiarse de alguna ventaja en particular. Esas personas pueden llegar a un enfrentamiento a menos que algunas reglas regulen sus conductas y definan sus límites.
Para evitar posibles choques y las peleas resultantes, el único remedio es establecer normas definidas y prescribir claros límites para que todos estén obligados a observarlos. Quien determina estos límites es lo que se llama ley.
La ley.
La ley es un cuerpo de normas y regulaciones definidas que tienen la fuerza y autoridad reconocida socialmente, y que determina derechos, obligaciones, límites y responsabilidades de todos los que viven en un territorio particular. Todos, ya sean altos o bajos, tienen que atenerse a estas normas y regulaciones y aceptar las consecuencias si las violan.
Fuentes de la ley.
¿Quién fija esos derechos, obligaciones y límites? En este sentido, no todas las leyes del mundo son iguales. Cada una de ellas ha sido manifestada por una fuente particular. Desde el punto de vista de sus fuentes, las leyes pueden ser divididas en cuatro categorías:
1. —Leyes individuales despóticas.
2. —Leyes clasistas despóticas.
3. —Leyes nacionales.
4. —Leyes universales ideológicas.
1. —Leyes individuales despóticas: Este tipo de leyes generalmente se originan en la voluntad y deseo de un individuo poderoso, que de acuerdo a sus propios puntos de vista y antojos, formula normas y regulaciones y las pone en vigor. Resulta natural que tales leyes normalmente apuntan a cubrir las aspiraciones de esos individuos poderosos y ayudantes cercanos y no a salvaguardar los intereses de las masas. En algunas circunstancias excepcionales, si ese hombre poderoso o algunos de sus ayudantes está capacitado con un espíritu de servicio, o si ello puede redundar en su propio interés, pueden entonces considerar también los intereses de las masas. Es posible también que en algunos casos sus intereses particulares puedan compatibilizarse con los del común de la gente.
2. —Leyes de clase despóticas: Algunas leyes no se originan por voluntad de un individuo o grupo, sino de una clase, controlando la sociedad como sucede con los terratenientes, los capitalistas o los trabajadores.
Este tipo de leyes normalmente tienden a cubrir las aspiraciones de la clase en el poder, excepto en los casos donde sus intereses conforman a otras clases.
3.—Leyes nacionales: La ley que se origina en la voluntad de una nación o al menos de la mayoría y no en un individuo o una clase, se llama ley nacional. Al respecto se pueden considerar los siguientes puntos:
(a) La ley nacional en una sociedad avanzada generalmente busca cubrir la mayor cantidad de los intereses de su sociedad o de la mayoría de ella. Es impersonal o no, en la medida que tenga presente los intereses generales de la humanidad.
La experiencia muestra que las sociedades y naciones que gozan de los llamados gobiernos nacionales se han vuelto prácticamente los pivotes del mundo y han hecho todo lo posible para cubrir su propio confort y bienestar. Es muy raro que en el momento de bosquejar una ley o implementarla tomen en consideración los deseos de la sociedad humana en general.
(b) La ley nacional al tener su origen en los deseos de la mayoría, representa naturalmente sus puntos de vista. Aquí surge la siguiente cuestión: ¿representa siempre la opinión de la mayoría los reales intereses de la nación?
La experiencia muestra que si la ley se basa simplemente en la opinión de la mayoría, en muchos casos provoca daños irreparables a la propia mayoría, y a menudo arrastra a la nación a la decadencia social y moral.
Ejemplos vivos de esa decadencia se pueden encontrar en muchas de las sociedades existentes que gozan de los así llamados gobiernos nacionales, especialmente entre aquellos que son industrialmente avanzados. En estas sociedades los gobiernos normalmente buscan seguir las opiniones de esos segmentos sociales por medio de cuyos votos llegaron al poder, independientemente de lo dañinas o vulgares que puedan ser sus opiniones.
(c) La aseveración de todas o de la mayoría de las sociedades que se jactan de tener un gobierno y ley nacionales es más o menos hueca o falsa, y engañosa o desencaminada. Un análisis profundo mostrará que lo que se pone de manifiesto o expresa es el despotismo de una clase o individuo bajo la máscara de gobierno y ley nacionales.
4. —Ley ideológica y universal: Se origina en una ideología muy interesada por cuidar los intereses de todas las personas del mundo y no los de una nación, clase, grupo o individuo en particular. Da la mayor importancia a los principios claros y definidos cuyo valor ha sido probado y reconocido como cierto por los pueblos donde se los ha puesto en vigor. No es obsecuente a la voluntad de ninguna mayoría.
LA LEY Y SUS FUENTES EN EL ISLAM
La ley islámica es ideológica y universal. Sus principios fundamentales son claros y definidos y han sido enseñados a través de la razón y la Revelación.
El Islam tiene en cuenta solamente esas normas y leyes vinculadas a lo que ha sido formulado:
—Directamente por Dios (El Corán), o
—Por el Profeta de Dios (la sunna o costumbre profética), o
—Por un sucesor del Profeta (los hadices de los Imames), o
—Por quienes han llegado a ser gobernantes de acuerdo a las normas islámicas
“¡Creyentes! Obedeced a Dios, obedeced al Mensajero y a aquellos que poseen autoridad de entre vosotros. Y si reñís por algo, referidlo a Dios y al Mensajero, si es que creéis en Dios y en el último día. Es lo mejor y la solución más apropiada.” (4:59)
Una ley que proviene de Dios, de Su Profeta o de un Imam infalible, puede ser aceptada y considerada confiable fácilmente por quienes creen que se origina en esas fuentes, dado que los creyentes saben muy bien que el dador de la ley tiene un conocimiento acabado de todos los aspectos que la misma encierra, no tiene ningún interés egoísta personal y presta atención al interés de todos. De todos modos, las normas y regulaciones formuladas por las autoridades a cargo de las cuestiones sociales son puestas en vigor solamente si:
—No repugnan a las leyes y normas mencionadas en el Corán y la Sunna (costumbre profética).
—Ha sido una consideración completa, hasta donde es posible, a todos los aspectos que involucra.
—Han sido formuladas con total imparcialidad, sin exhibir ninguna tendencia hacia los intereses de ningún individuo, grupo o clase en particular.
Solamente normas y regulaciones así pueden tener la sanción del Corán y la Sunna del Profeta y de los Imames y puede gozar del apoyo sincero del pueblo.
Curso correcto hacia este elevado fin
El Creador ha planeado un curso muy elevado para la vida humana. La historia humana que sigue la voluntad de Dios, se encamina hacia ese fin. A esto es lo que otros llaman “compulsión de la historia”.
Como ya señalamos anteriormente, el persistente esfuerzo humano tiene una gran relevancia en la consecución de ese fin brillante y promisorio. En términos generales, el curso normal de la historia consiste de los sucesos del esfuerzo humano conciente en la dirección de la rectitud, justicia, piedad y pureza de alma y corazón, acompañados por la defensa de los derechos humanos y la observancia de las normas de comportamiento humano.
Dondequiera se encuentre una desviación de ello, es deber nuestro enfrentarla y encaminar la acción humana a su curso normal.
Como resultado de su esfuerzo el ser humano recibe, por un lado, algo en correspondencia inmediatamente. Sus deficiencias son reducidas en algo y la manifestación de la justicia y de la rectitud aumenta en su vida social e individual, en tanto que por otro lado, se acerca más a su fin ideal.
Los requisitos previos son los siguientes:
—Correcto conocimiento del Islam y del curso correcto de acuerdo a las necesidades de la época.
—Fe, autorrealización y disposición para el esfuerzo colectivo.
—Hacer del esfuerzo individual una parte de la persistente lucha colectiva bajo un líder apropiado.
Conocimiento correcto del Islam, teniendo presente las necesidades de la época.
¿Qué debería hacerse para obtener ese conocimiento? La respuesta a esta pregunta es evidente. Habría que referirse directamente al Corán y al santo Profeta (B. P. D.), quien es también el líder político e Intelectual de la comunidad musulmanas (ummah). De todos modos, si una persona no puede tener acceso directo a estas fuentes, ¿qué debería hacer? También la respuesta a esta pregunta es evidente. Debería aproximarse a quien conoce suficientemente el Corán y la Sunna (tradición y costumbre) del Profeta y ocupa una posición de líder político e intelectual de los musulmanes.
Este curso de acción también era seguido en vida del Profeta. En tanto el número de musulmanes era pequeño y todos vivían en su compañía, tenían directo acceso a su líder. También podían obtener suficiente conocimiento directamente del Corán. Pero al expandirse el Islam, mucha gente lo abrazó en áreas alejadas. Algunos no podían tener siquiera una oportunidad para ver personalmente al líder del Islam. Aquellos, cuya lengua materna no era el árabe o cuyo dialecto era totalmente diferente al del Corán, en gran medida eran también incapaces de comprenderlo. En esta etapa del movimiento se hizo necesario designar a algunos musulmanes para que familiarizaran a los nuevos adherentes a la fe con el contenido intelectual del Islam y del Corán.
Era necesario hacerlo así, porque de otro modo se temía que el movimiento pudiera distorsionarse por la infiltración de ideas opuestas a su contenido. En este período fue que el Corán dio la siguiente indicación:
“No es conveniente que todos los creyentes salgan (a la guerra). ¿Por qué no salen un grupo de cada colectividad para que así (los que permanecen sin ir al combate) puedan obtener un mayor conocimiento de la religión y amonestar a sus gentes cuando retornen con ellos?” (9 :122)
Después del fallecimiento del Profeta nadie podía tener acceso al primer líder del Islam. Desde el punto de vista shi‘ita la responsabilidad incumbía ahora a los líderes designados por el Profeta, es decir, ‘Alí (P) y los Imames que le sucediesen. Desde el punto de vista de nuestros otros hermanos musulmanes, la responsabilidad dependía de quienes tenían suficiente conocimiento del Corán y la Sunna del Profeta (B. P. D.).
En nuestra época, es decir, durante el período de ocultación del Imam designado (Al-Mahdi, el doceavo Imam), tampoco los shi‘itas tienen acceso directo al líder designado por Dios y Su Profeta. Por lo tanto, para obtener el conocimiento correcto del Islam deberían acercarse a quienes comprenden adecuadamente el Corán y son concientes de la Sunna del Profeta y los Imames y pueden expresar sus opiniones derivadas de estas fuentes considerando las cuestiones actuales.
Iytihád
“Iytihád” significa esforzarse uno mismo para deducir normas de ley islámica de sus fuentes, de acuerdo con reglas especiales de investigación. La capacidad de hacer iytihád o deducir leyes no es el monopolio de ninguna clase en particular, ni es materia para ningún anuncio ni señalamiento. El camino está abierto a todos para adquirir la calificación necesaria y especializarse en este campo. Quienquiera que lo baga, automáticamente estará facultado para ejercer el iytihád y tendrá derecho a actuar de acuerdo a sus propias decisiones y pronunciamientos, e incluso a hacer conocer los resultados de sus estudios para conocimiento e información de otros.
Formulación de leyes por el sistema gobernante.
Veamos bajo que condiciones una opinión jurídica o veredicto puede ser considerada auténtica e imponible.
En el caso de una cuestión social o gubernamental, el individuo o consejo responsable de deducir y formular una ley debe ser elegido oficialmente a ese propósito para que su decisión pueda tener el respaldo del ejecutivo y pueda ser puesta en vigor de manera legal a nivel de toda la sociedad.
Formulación de la ley sobre cuestiones individuales.
Si el veredicto está destinado a la acción personal de los individuos, entonces la elección de las autoridades religiosas que se expresarán al respecto es de libre elección. En otras palabras, al pueblo le es permitido aceptar y actuar de acuerdo con la opinión de cualquier autoridad religiosa que les parezca adecuada para ese propósito.
¿Por qué debemos adoptar la doctrina del “taqlíd”?
“Taqlíd” significa aceptar la opinión y el veredicto jurídico (en cuestiones de la ley islámica y de las disposiciones, por ejemplo de devoción) de un “muytahíd” (jurista capaz de llegar a un juicio con independencia en materia de ley islámica) y actuar de acuerdo a ello.
Sabemos que en principio el Islam defiende la libertad de pensamiento y se opone al sometimiento a cualquier opinión no autorizada, costumbre, convención u orden de cualquier autoridad social.
La base de esta opinión tiene dos aspectos:
a) ¿Podemos estar siempre seguros de que una opinión, costumbre o convención es cabal y sensata y no es una especie de fraude o mito?
b) Existe la posibilidad de que una opinión o instrucción pueda estar dirigida al auto engrandecimiento o a proteger intereses de clase o personales, en cuyo caso aceptarlos será equivalente al sometimiento, explotación y opresión. Sabemos que el Islam está tanto contra el reconocimiento de los mitos como contra el resignarse a la injusticia.
Sin embargo, está permitido aceptar el punto de vista de alguien probado que:
1. — La persona que toma la iniciativa en la materia se ha especializado en ella y tiene suficiente conocimiento y competencia para expresar una opinión.
2. — Su pureza y veracidad está por encima de toda duda.
También debe haber razones válidas para creer que la opinión en cuestión es cabal y apropiada en las circunstancias prevalecientes y no se basa en el egoísmo o en reflexiones superficiales.
Si estas dos condiciones son cumplimentadas, es lógico que aceptemos tal opinión. Si una persona es incapaz de formar su propia opinión, no tiene más opción que seguir la de otro, que sea confiable y especializado en el tema que se trate.
Cualificación de una autoridad religiosa competente.
(Es decir, cuyas opiniones puedan ser aceptadas sin conocer los fundamentos y autoridades sobre las que se basa).
De las tradiciones respecto al “taqlíd” se pueden deducir fácilmente los dos principios arriba mencionados. De acuerdo a un bien conocido relato, el Imam Hasan Al-Askari[1] (P) presentó claramente este punto, al explicar el versículo que denuncia a los hombres de leyes judíos por seguir ciegamente a los rabinos. El versículo dice:
“Hay entre ellos gentiles que no conocen la Escritura sino fantasías y no hacen sino conjeturar.” (2: 78)
El Imam dijo: “Si los hombres de leyes de nuestra comunidad también encuentran que sus juristas (fuqahá) están desviados, son abiertamente auto indulgentes en las malas acciones, compiten entre sí para asegurarse una posición y dinero, intentan eliminar a sus oponentes y apoyan su propia incompetencia buscando adherentes, y a pesar de todo eso, siguen a tales juristas, no serán mejores que los judíos ignorantes que siguieron a sus rabinos corruptos. Pero el caso de esos juristas que no se extravían, no se venden, se esmeran en lo que hace a la protección de su religión, controlan sus pasiones animales y obedecen las órdenes de Dios, es distinto. Deben ser seguidos por el común de la gente. Por supuesto, el número de tales juristas es pequeño. Todos los juristas no pueden ser así.”
Primero de todo, este relato habla de los fuqahá (singular: faqíh). Este término implica especialización en la comprensión de las cuestiones religiosas y compromiso en las investigaciones eruditas. Por lo tanto una autoridad religiosa competente debe ser un “faqíh” y “muytahid” de primer orden.
En segundo lugar, las cualidades de conciencia, piedad, religiosidad, obediencia a Dios y supresión de las pasiones animales mencionadas en el relato, son la infraestructura de todas las virtudes humanas y morales, lo que significa mantenerse alejado del pecado y el desvío.
(ver la continuación en archivo pdf)
Fuente: libro INTRODUCCION A LA COSMOVISION DEL ISLAM
Editorial Elhame Shargh
Fundación Cultural Oriente
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Fundación Cultural Oriente
[1] Es el onceavo, llamado Al-'Áskari (“el miliciano”), quien vivió entre los años 232 y 254 de la Hégira (846 a 874D.C.), ocupando la función del Imamato durante sólo 6 años. Es el padre del último y actual Imam, Al-Mahdi. el restaurador de la justicia sobre la tierra. Fue envenenado el Imam Hasan cuando tenía sólo 21 años y su tumba se encuentra en Samarra, actual Irak. (Nota del Editor).