El Islam y la Justicia Divina
Por Ayatola Ÿa‘far Sobhani
La Justicia forma parte de los Atributos de perfección
La totalidad de los musulmanes cree en la Justicia de Dios, Glorificado Sea, y la Justicia forma parte de los Atributos de perfección.
La base de esta creencia estriba en que el Corán niega para Dios cualquier forma de opresión y se refiere a Él como “Establecedor de la equidad”. Es así que dice:
﴿ إِنَّ اللَّهَ لاَ يَظْلِمُ مِثْقَالَ ذَرَّةٍ ﴾
«Ciertamente que Dios no oprime ni en la medida de un átomo».[1]
También dice:
﴿ إِنَّ اللَّهَ لاَ يَظْلِمُ النَّاسَ شَيْئاً ﴾
«Ciertamente que Dios no oprime a la gente en absoluto».[2]
Asimismo dice:
﴿ شَهِدَ اللّهُ أَنَّهُ لآ إِلَهَ إِلاَّ هُوَ وَالْمَلآَئِكَةُ وَاُوْلُواْ الْعِلْمِ قَآئِماً بِالْقِسْطِ ﴾
«Dios, los ángeles y los dotados de sabiduría testimonian que no hay divinidad más que Él, y que es Establecedor de la equidad».[3]
Además de las aleyas mencionadas, el intelecto dictamina claramente la Justicia Divina, puesto que la Justicia es un Atributo de perfección, y la opresión es un atributo que implica defecto. El intelecto juzga que Dios reúne la totalidad de los Atributos de perfección, y que está exento de cualquier falta o defecto tanto en lo que hace a Su esencia como a Sus actos.
Básicamente, la opresión se origina a partir de uno de los tres siguientes factores:
- La ignorancia del ejecutante de lo indigno de oprimir.
- El hecho de que el ejecutante tenga la necesidad de oprimir a sabiendas de lo indigno del acto, o bien sea impotente de actuar con justicia.
- El hecho de que el ejecutante sea necio y carezca de sapiencia, por lo que ni siquiera considera que no debe realizar actos de opresión a pesar de estar conciente de lo indigno de ello, y a pesar de estar capacitado para actuar con justicia.
Obviamente que ninguno de estos factores tiene cabida en la Sagrada Esencia Divina, puesto que Él está exento de la ignorancia, la impotencia, la necesidad y la necedad, y es por eso que todos Sus actos se caracterizan por estar basados en la justicia y la sapiencia.
El Sheij As-Sadûq ha señalado esto diciendo:
“La prueba de que de Él, Imponente y Majestuoso, no surge la opresión ni la práctica, es el hecho de que se ha establecido que Él, Bendecido y Elevado Sea, es Sempiterno, Innecesitado y Sapientísimo que no ignora nada en absoluto, en tanto que la opresión no la efectúa sino aquel que ignora lo execrable de la misma, o aquel que necesita de la misma para obtener un beneficio”.[4]
Así también el Muhaqqiq Nasîruddin At-Tûsî, ha señalado esto diciendo:
“Su condición de innecesitado y Sapientísimo indica que lo execrable no tiene cabida en sus actos, Elevado Sea”.[5]
Considerando esas aleyas, los musulmanes son unánimes en establecer el Atributo de Justicia para Dios, Elevado Sea, y creer en su condición de Justo, sólo que han discrepado en lo concerniente a la explicación de lo que implica “la Justicia Divina”, y cada grupo ha adoptado una de las siguientes dos posturas:
A- El sano intelecto humano entiende por sí mismo lo bueno y malo de los actos, y considera lo bueno de un acto como señal de la perfección de su ejecutor, y al acto malo como señal de defecto en su ejecutante, y desde que Dios por esencia reúne la totalidad de los Atributos de perfección, es por eso que Su acción es perfecta y loable, y por lo que Su Sagrada Esencia se encuentra exenta de realizar cualquier acto vil.
Es adecuado mencionar aquí que el intelecto nunca emite un juicio respecto de Dios, y no dice que Dios “debe” ser Justo, sino que lo que la razón hace aquí es descubrir la realidad de la acción de Dios, o sea que, considerando la Perfección Absoluta de Dios, y Su condición de Exento de cualquier defecto o falta, descubre que Su acción, asimismo, se encuentra en la culminación de la perfección, y así también que se encuentra exento de defecto, y por consiguiente trata a Sus siervos con justicia, y no oprime a ninguno de ellos en absoluto.
Las aleyas coránicas mencionadas a este respecto en realidad corroboran y ratifican lo que el ser humano ha concluido a través de su intelecto.
Esto es lo que en la teología islámica se ha denominado como la cuestión de “lo racionalmente bueno o malo”. Aquellos que sostienen ello son llamados al-‘adlîîah (los partidarios de la Justicia Divina), en cuya vanguardia se encuentran los shiítas imamitas duodecimanos.
B- En contraposición a esta teoría existe otra que sostiene que el intelecto y la razón del ser humano es incapaz de inferir lo bueno y lo malo de los actos, ni siquiera en forma general, y restringe a la Revelación Divina la vía para conocer lo bueno y lo malo, de manera que, aquello que Dios ordena es bueno, y aquello que prohíbe es malo.
Según esta teoría, si Dios ordenara arrojar a una persona inocente al Fuego, o hacer ingresar a un pecador al Paraíso, eso sería la bondad y la justicia misma. Este grupo sostiene que describir a Dios con el Atributo de Justicia sólo es porque en el Sagrado Corán se ha mencionado tal Atributo.
La inferencia del intelecto de lo bueno y lo malo
Desde que la cuestión de “lo racionalmente bueno y malo” representa el fundamento y la base de muchas de las creencias de los shiítas imamitas, a continuación exponemos dos de las muchas pruebas que demuestran ello:
A- Todo ser humano, cualquiera sea su religión o dogma de vida, y cualquiera fuere el lugar de la Tierra que habite, comprende lo bueno de la justicia, y lo malo de la opresión; asimismo, infiere lo bueno de cumplir con la promesa, y lo malo de romperla, y lo bueno de retribuir la bondad con bondad, y lo malo de retribuir la bondad con maldad.
El estudio de la historia de la humanidad testimonia y confirma esta realidad, y hasta el día de hoy no se ha visto a ningún ser humano sensato que niegue ello.
B- Si supusiéramos que el intelecto es completamente incapaz de inferir lo bueno y malo de los actos, y que en cambio la gente necesita de la estipulación religiosa para conocer lo bueno y malo de todos los actos, eso implicaría que tampoco la existencia de lo bueno y malo estipulado por la ley religiosa fuera factible de ser establecido; eso porque si nosotros suponemos que el Legislador informa de lo bueno de un acto y lo malo de otro, no podríamos concluir lo bueno o malo de ese acto mediante esa sola información, en tanto veamos la posibilidad de que exista mentira en esa información del Legislador y en Sus palabras, a menos que antes de eso establezcamos lo malo de mentir, y que el Legislador se encuentra exento de ese atributo denigrable, y ello solo es posible de establecerse mediante el intelecto.[6]
Además, de las aleyas coránicas se desprende que el intelecto humano es capaz de inferir lo bueno o malo de algunos actos, y es por eso que Dios, Glorificado Sea, en el Sagrado Corán exhorta a juzgar mediante el intelecto y la conciencia, puesto que dice:
﴿ أَفَنَجْعَلُ الْمُسْلِمِينَ كَالْمُجْرِمِينَ * مَا لَكُمْ كَيْفَ تَحْكُمُونَ ﴾
«¿Acaso equipararemos a los que se han sometido con los malhechores? · ¿Cómo es que juzgáis?».[7]
Y también dice:
﴿ هَلْ جَزَآءُ الإِحْسَانِ إِلاَّ الإِحْسَانُ ﴾
«¿Acaso la retribución del bien no es el bien mismo?».[8]
Aquí se plantea una pregunta que debemos responder. Dios, Glorificado Sea, dice en el Corán:
﴿ لاَ يُسْئَلُ عَمَّا يَفْعَلُ وَهُمْ يُسْئَلُونَ ﴾
«No es cuestionado por lo que hace, siendo que ellos lo son».[9]
Entonces, la pregunta es la siguiente: No es posible cuestionar a Dios por ningún acto que haya realizado, y el caso es que, de acuerdo a “lo racionalmente bueno y malo”, suponiendo que Dios llegase a cometer un acto malo, uno se preguntaría y diría: “¿Por qué realizó tal acción?”.
La respuesta es la siguiente: Dios no es cuestionado por Sus actos puesto que Él es Sapiente, y lo inadecuado nunca es realizado por el Sapiente, puesto que Su acción siempre está acorde a la sapiencia, y es por eso que desaparece el tema que suscitaba la pregunta.
La manifestación de la Justicia Divina en el ámbito existencial y en el legislativo
La Justicia Divina presenta diferentes manifestaciones en los ámbitos de la existencia, la legislación y la acción de impartir el merecido. A continuación aclararemos una tras otra:
A- La Justicia en el ámbito existencial: Dios, Glorificado Sea, ha otorgado a cada criatura la constitución que le es apropiada y que le es indispensable. Así también, nunca ignora las capacidades al momento de proveer y originar.
Dice el Sagrado Corán a este respecto:
﴿ رَبُّنَا الَّذِي أَعْطَى كُلَّ شَيْءٍ خَلْقَهُ ثُمَّ هَدَى ﴾
«Nuestro Señor es Quien ha otorgado a toda cosa su creación, luego (la) guió».[10]
B- La Justicia en el ámbito de la legislación: Dios ha guiado al ser humano, el cual posee la capacidad de desarrollo y perfeccionamiento, y de adquirir los atributos de excelencia, e hizo eso mediante el envío de los profetas, y disponiéndole las reglas religiosas. Así también, Él no cargó al ser humano con lo que es superior a sus fuerzas:
﴿ إِنَّ اللَّهَ يَأْمُرُ بِالْعَدْلِ وَالإِحْسَانِ وَإِيتَآءِ ذِي الْقُرْبَى وَيَنْهَى عَنِ الْفَحْشَآءِ وَالْمُنكَرِ وَالْبَغْيِ يَعِظُكُمْ لَعَلَّكُمْ تَذَكَّرُونَ ﴾
«Por cierto que Dios ordena la justicia y la bondad, y la liberalidad para con los parientes, y prohíbe lo repulsivo, lo abominable y la transgresión. Os amonesta, tal vez así reflexionéis».[11]
Desde que la justicia, la benevolencia y la liberalidad para con los parientes conllevan el desarrollo del ser humano, y las otras tres acciones conllevan su decadencia, es por eso que Él, Glorificado Sea, ordenó realizar las tres primeras acciones y prohibió las tres últimas.
En relación a la armonía existente entre los deberes e imposiciones divinas y la capacidad del ser humano, y el hecho de que los primeros no exceden los límites de esa capacidad, también dice lo siguiente:
﴿ لا يُكَلِّفُ اللّهُ نَفْساً إِلاَّ وُسْعَهَا ﴾
«Dios no impone a ningún ser una carga superior a sus fuerzas».[12]
C- La Justicia en el ámbito de otorgar el merecido: Ciertamente que Dios, en lo que se refiere a otorgar el merecido, no tiene la misma consideración para con el creyente, el incrédulo, el benefactor y el perverso, sino que retribuirá a cada uno de ellos en conformidad a lo que cada uno merezca y a sus acciones, de manera que recompensará al bienhechor y castigará al malhechor.
En base a esto, no será castigado aquel a quien no le haya llegado información sobre sus deberes a través de los Profetas y Mensajeros divinos, y que tampoco haya llegado al punto de aquellos a quienes les han llegado las evidencias de forma que no les queda excusa:
﴿ وَمَا كُنَّا مُعَذِّبِينَ حَتَّى نَبْعَثَ رَسُولاً ﴾
«Y no castigábamos hasta no enviar un Mensajero».[13]
También dice:
﴿ وَنَضَعُ الْمَوَازِينَ الْقِسْطَ لِيَوْمِ الْقِيَامَةِ فَلاَ تُظْلَمُ نَفْسٌ شَيْئاً ﴾
«Y disponemos las balanzas con equidad para el día de la Resurrección, de forma que ningún alma será oprimida en absoluto».[14]
El propósito de la creación del ser humano
Dios creó al ser humano, y tuvo un propósito en especial para crearle y originarle, que consiste en hacerle llegar a la perfección humana que le es pertinente, la cual se concreta a la sombra de la adoración y obediencia a Dios.
Cada vez que, para que el ser humano pueda alcanzar el objetivo, ello dependa de una serie de preliminares, Dios, Glorificado Sea, ha dispuesto esos preliminares y le ha facilitado el camino para llegar al objetivo; de otra manera, la creación del ser humano hubiera sido vana y carente de objetivo.
A partir de esto, Dios envió a Sus Profetas y Mensajeros, y les proveyó con las evidencias y los milagros. Así también, para provocar el anhelo por obedecer a Dios en Sus siervos, y para precaverles de desobedecerle, incluían en sus Mensajes Su promesa de recompensa y castigo.
Esto que se dijo, es en resumen lo que en palabras de los adlîîah (los partidarios de la Justicia Divina) se denomina “regla de lutf (benevolencia divina)”, la cual es una de las derivaciones de la regla de “lo racionalmente bueno y malo”, y que también constituye la base y el punto de partida de muchas cuestiones y asuntos doctrinales.
Fuente: La Doctrina del Islam Shî‘ah A la Luz de las enseñanzas de Ahl-ul Bait (con ellos sea la paz); Editorial Elhame Shargh
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www.islamoriente.com; Fundación Cultural Oriente
[1] An-Nisâ; 4: 40.
[2] Iûnus; 10: 44.
[3] Âal ‘Imrân; 3: 18.
[4] At-Tawhîd de As-Sadûq, pp.396-397.
[5] Kashf Al-Murâd, p.305.
[6] Las palabras del Muhaqqiq At-Tûsî en su libro Taÿrîd Al-I‘tiqâd señalan este argumento, al decir: “Si el establecimiento de lo bueno y lo malo estuviera restringido a la legislación, se estaría descartando por completo lo bueno y malo de los actos, sin llegar a establecerse ni por legislación, ni por el intelecto”.
[7] Al-Qalam; 68: 35-36.
[8] Ar-Rahmân; 55: 60.
[9] Al-Anbiâ’; 21: 23.
[10] Ta Ha; 20: 50.
[11] An-Nahl; 16: 90.
[12] Al-Baqarah; 2: 286.
[13] Al-Isrâ’; 17: 15.
[14] Al-Anbiâ’; 21: 47.