El Hombre Contemporáneo y el Islam
(Conjunto de preguntas formuladas al gran exégeta y filósofo Ayatolá Al-lamah S. M. H. Tabataba’i)
El camino de la naturaleza humana primordial (fitrah) (2)
¿De qué manera el Islam provee las necesidades de cada época?
En discusiones acerca de la sociedad, se ha reiterado una y otra vez que el ser humano, debido a las necesidades críticas que le rodean y que no puede satisfacer individualmente, no tiene otra opción sino escoger la vida social, de esta forma él se habitúa a una existencia social. Además, en asuntos relacionados con la jurisprudencia, como podemos haber oído muchas veces, se considera que con el objetivo de satisfacer las necesidades fundamentales de los individuos, la sociedad debe regirse por un conjunto de normas apropiadas a las necesidades de los individuos y que por medio de éstas, cada individuo pueda proteger sus derechos auténticos, disfrutar de los beneficios de la vida en sociedad, y gozar de los frutos de la interacción social.
Como puede deducirse de los dos puntos mencionados, el factor principal y primordial al instaurar leyes para una sociedad es satisfacer las necesidades humanas fundamentales, sin las cuales la vida no sería tolerable. El resultado directo de formar una sociedad y de implementar las normas establecidas es la satisfacción de las necesidades humanas fundamentales. Por definición, el término sociedad no puede aplicarse en forma precisa a un grupo de personas que no interactúen significativamente entre ellas. Es más, las normas cuya formulación o implementación no afectan positivamente la satisfacción de las necesidades de las personas y la obtención de su alegría y felicidad, no son normas auténticas; una norma debe satisfacer las necesidades y proteger los derechos de las personas.
Es inevitable la presencia de normas que, al menos parcial y de una manera imperfecta satisfagan las necesidades de una sociedad y sean aceptadas generalmente por los individuos, así sea en las sociedades más primitivas e incivilizadas. Sin embargo, en sociedades incivilizadas las normas se mantienen en forma de hábitos y costumbres tribales que son el resultado de interacciones fortuitas materializadas en un periodo de tiempo o de la coacción por parte de los elementos más poderosos de la sociedad. Aún en nuestra era, hay comunidades tribales en varios lugares del mundo que continúan prosperando siguiendo sus hábitos y costumbres. Deben existir sin embargo, normas con las cuales todos o la mayoría de los individuos estén de acuerdo y que sirvan como base de la sociedad. En una sociedad civilizada, si es religiosa, la concesión divina regiría, si no lo es, sería gobernada de acuerdo con normas nacidas de la voluntad de la mayoría, ya sea directa o indirectamente. Lo cierto es que no puede existir una sociedad cuyas personas no estén unidas por un grupo de deberes y normas.
Medios para establecer las necesidades sociales y humanas del individuo
Ya que se ha aclarado que el factor más influyente en la formulación de las normas es la satisfacción de las necesidades de los individuos en una sociedad, debemos hacernos otras preguntas relacionadas: ¿Cómo puede uno determinar las necesidades sociales y humanas del individuo (por supuesto ellas deben reconocerse ya sea de inmediato o no, en alguna medida)? ¿Puede el ser humano equivocarse al determinar sus deberes sociales e individuales? ¿O lo que sea que el determine, lo lleva a la felicidad y debería respaldarse sin ninguna duda (lo que equivale a decir que los deseos propios son suficientes para aprobar las obligaciones a las que llevan)?
La mayoría del “mundo moderno” reconoce que la voluntad de la población es la fuente de la ley. Sin embargo, debido a la imposibilidad o rareza de que la totalidad de la población de una nación esté de acuerdo en un asunto, en comparación con los asuntos en los que no coinciden, la voluntad de la mayoría absoluta (51%) se toma como válida y la voluntad de la minoría (49%) se rechaza, de esta manera se priva a la minoría de su libertad.
Sin duda, hay una relación directa entre los deseos de la gente y el medio en que viven. Un hombre rico, quien ha suplido todas sus necesidades, se imagina planes que nunca se le ocurrirían a un menesteroso.
En caso de inanición, uno anhelaría cualquier alimento posible, sea delicioso o no. Sin el más mínimo escrúpulo (inclusive si fuese ajeno). Pero cuando se está saciado, el ser humano únicamente busca las comidas más deliciosas. En tiempos de bienestar, el ser humano abriga pensamientos que nunca consideraría en tiempos de aflicción. Basándose en esta realidad, la evolución de la sociedad humana, habiendo satisfecho muchas de las viejas necesidades y luego de reemplazarlas con unas nuevas, ha vuelto algunas normas antiguas irrelevantes y ha motivado a la sociedad a reemplazarlas con nuevas leyes o a modificarlas. Así que, en naciones florecientes, las leyes y normas antiguas son reemplazadas constantemente por unas nuevas. La razón de este proceso, tal como se mencionó, es que la base de las leyes de las personas es la voluntad colectiva de la mayoría; es este aspecto el que le da credibilidad a las leyes y normas de una nación (aún si esa voluntad está en desacuerdo con los verdaderos intereses de esa nación).
Sin embargo, deberíamos considerar con mayor atención el factor fundamental que es el responsable del desarrollo de las leyes de la sociedad: ¿Trae el progreso social algún cambio a todas las esferas que preocupan a la humanidad? ¿Acaso no hay cualidades comunes compartidas por sociedades de todas las épocas? ¿La naturaleza humana (la cual es necesariamente la base de una parte de las necesidades humanas y así como otras necesidades, depende de variadas circunstancias, situaciones y ambientes) evoluciona? ¿No son las partes y órganos de nuestro cuerpo iguales a las de los primeros humanos? ¿No tienen las mismas funciones? ¿La guerra y la paz eran distintas a lo que son ahora? (Asesinato de seres humanos y cese de ese derramamiento de sangre). ¿La intoxicación era distinta en los tiempos de Yamshid?[1] ¿El placer de escuchar la música de Nakisa y Barbad[2] era básicamente distinto al que produce la música de nuestros días? ¿La estructura natural del ser humano prehistórico es diferente a la del humano moderno? ¿Las funciones y reacciones internas y externas del ser humano prehistórico son distintas en algún modo a las del ser humano moderno?.
La respuesta a las preguntas anteriores es obvia. No sería verosímil decir que lo humano ha ido desapareciendo y que ha sido reemplazado por otra cosa. Tampoco sería creíble sostener que la esencia de la humanidad se ha desvanecida y ha sido reemplazada por una esencia distinta. De igual modo sería inverosímil argumentar que la naturaleza humana, la cual todos los seres humanos (blancos y negros, viejos y jóvenes, inteligentes e ignorantes, de las regiones polares y de las tropicales, del pasado, presente y futuro) tienen en común, no requiere de que existan necesidades en común o que los seres humanos no desean satisfacer sus necesidades esenciales.
Tales necesidades esenciales existen y necesitan de un conjunto de normas inmutables no sujetas a cambio alguno. Las naciones de todas las épocas se embarcarían indudablemente en una guerra, si se viesen enfrentadas a un enemigo que amenaza su existencia si fuese posible como modo de defensa, y si tal enemigo no puede repelerse a no ser por medio de una matanza, las naciones hallarían justificado el emplear dicha medida tan extrema. Ninguna sociedad puede prohibir legítimamente el consumo de alimento ya que este es uno de los factores que sostienen la vida, ni puede impedir la satisfacción del deseo sexual. Hay numerosos ejemplos de aquellos casos donde se necesitan normas inmutables.
La explicación anterior aclara los siguientes puntos:
* El factor principal responsable de la existencia de leyes y normas sociales es la satisfacción de las necesidades del individuo.
* Todas las naciones, incluyendo las primitivas, siguen leyes y normas que han establecido.
* El criterio para determinar las verdaderas necesidades de la vida, de acuerdo con el mundo moderno, es la voluntad de la mayoría.
* La voluntad de la mayoría no siempre está de acuerdo con la realidad.
* Una parte de las normas y leyes humanas cambia con el paso del tiempo en el transcurso del progreso social. Estas leyes y normas son las que están relacionadas con circunstancias específicas. Sin embargo, existen otras leyes y normas que atañen a la esencia de la humanidad, la cual comparten en común seres humanos de todas las épocas, independientemente de la diversidad de circunstancias y ambientes.
Veamos el punto de vista del Islam al respecto.
El Islam es una religión universal y atemporal. Su objetivo, en su claro programa educativo, es el “ser humano natural”; es decir, el objeto de sus leyes es simplemente “el ser humano, independientemente de cualquier distinción”. Él acoge del mismo modo al árabe y al no árabe, al blanco y al negro, al pobre y al rico, al fuerte y al débil, al hombre y a la mujer, a los jóvenes y a los viejos, al culto y al ignorante. El ser humano natural es aquel que ha conservado “la naturaleza divina primordial”, cuya mente y voluntad son puras y limpias de falsedad y superstición.
No hay lugar a dudas en que el rasgo distintivo del ser humano yace en estar dotado de intelecto y la facultad de contemplación, bendiciones divinas con las que los otros animales no cuentan. La inteligencia y voluntad de todos los animales (a excepción del ser humano), las cuales controlan la actividad del animal están sujetas a sus instintos. Es la provocación de dichos instintos la que impulsa al animal a tomar una decisión y a realizar una acción. Con este sistema instintivo, ellos realizan las actividades para su supervivencia, buscan agua, alimento y realizan otras necesidades
El ser humano es el único animal que junto con sus varios instintos y emociones (afecto y antipatía, amistad y animosidad, temor y esperanza, y todas las otras emociones de atracción y repulsión) está dotado con un mecanismo crítico el cual es responsable de analizar los requerimientos conflictivos de sus emociones y facultades, juzgando lo que verdaderamente hace parte de sus intereses. En algunos casos, él, juzga en contra de cierta acción a pesar del fuerte llamado de sus emociones; otras veces, considera la acción necesaria, aunque sea repulsiva para las emociones; y en ocasiones da su consentimiento cuando los verdaderos intereses del individuo están de acuerdo con sus emociones.
Basándose en la realidad de la naturaleza humana y en el hecho de que la educación y la formación de cualquier especie consisten en cultivar aquello que distingue y es peculiar de dicha especie, el Islam ha basado su programa educativo en el intelecto y no en el sentimiento. En este sentido, el Islam invita a la humanidad a un cuerpo de doctrinas puras, virtudes y leyes prácticas, las cuales serán verificadas y justificadas por la naturaleza humana pura y divina contra toda posibilidad de falsedad y superstición.
Los conocimientos del ser humano natural
En la pureza de su naturaleza, el ser humano natural comprende que el vasto cosmos (sus partículas más pequeñas así como sus galaxias gigantes, las cuales se dirigen hacia el Dios único por medio del sorprendente orden cósmico con las reglas más precisas e innumerables actividades) es obra de Dios. El ser humano natural entiende que las múltiples partes del cosmos forman juntas una unidad sin límites, cuyas partes están conectadas intrincadamente y unidas por una cohesión perfecta.
Las diversas partes del cosmos trabajaron juntas para equipar al mundo del ser humano (esta pequeña parte del cuerpo cósmico, una gota insignificante en la inmensidad del océano de la existencia). El ser humano es la creación de la totalidad del cosmos, la voluntad de Dios. Como hijo del mundo de la creación, entrenado bajo su supervisión, ha sido moldeado en forma humana (la cual está equipada con varias facultades internas y externas) por medio de la intervención de innumerables elementos. Sus diversas facultades, emociones, inteligencias y voluntades constituyen el aparato por medio del cual el orden de la creación lo guía hacia la felicidad verdadera.
Es cierto que las facultades intelectuales y la libre voluntad capacitan al ser humano en distinguir lo bueno de lo malo, lo benéfico de lo dañino y es esto lo que lo convierte en un agente libre. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que es el orden de la creación (la voluntad de Dios) el que ha provisto su interior y su exterior con las facultades que lo convierten en un ser libre. Por medio del uso de la inteligencia con la que se le ha dotado, el ser humano natural siente más allá de toda duda que la felicidad —su verdadero objetivo en la vida— puede conseguirse sólo si sigue el fin que el orden de la creación ha determinado para él y hacia el cual lo guía con ayuda de algunas de las facultades con las que lo ha provisto. Ese fin es el que ha deseado el Dios único, el creador, el instructor del ser humano y el universo.
Basándose en estas premisas, el ser humano natural determina que el único camino que conduce a la felicidad está en monitorear constantemente su orientación existencial; cuando el ser humano recuerda que él es parte inseparable del orden de la creación y que está gobernado por él, que él ha sido creado por Dios y como tal debe, al leer el libro de la creación, descifrar sus deberes con respecto a las diversas situaciones con las que se enfrenta. El contenido de este libro, en resumen, es que uno no debe menospreciarse excepto ante el Dios Único y que los requerimientos de nuestras emociones y nuestras necesidades sólo deben seguirse si son aprobadas por nuestro intelecto.
Los requerimientos y necesidades del ser humano están incorporados a menudo en conjuntos de leyes. Dichas leyes se dividen en dos categorías. Una categoría que comprende las leyes que garantizan el bienestar del ser humano; es decir leyes que se relacionan con él como ser humano que tiene una vida social, independientemente de peculiaridades como el tiempo y lugar que ocupa. Estas leyes incluyen el conjunto de doctrinas y normas que determinan la relación de humildad y servilismo entre el ser humano y su Señor (quien nunca cambia) y los principios generales de la vida humana que se relacionan con la necesidad de alimento, abrigo, matrimonio y la defensa del derecho a la vida y a la participación social.
La segunda categoría de leyes comprende aquellas leyes transitorias, regionales o delimitadas de algún modo por características particulares y por lo tanto propensas a ser alteradas. El progreso social, la urbanización, las alteraciones en las formas de las sociedades, y la disolución de los métodos antiguos están entre los factores que llevan al cambio de las leyes de éste tipo. Por ejemplo, cuando las personas viajaban a pie, a caballo, o en cualquier otro animal de tiro, era suficiente tener caminos rudimentarios, pero con el desarrollo de nuevos medios de transporte increíbles, se requieren miles de normas terrestres, marítimas y aéreas para garantizar un transporte seguro. El ser humano primitivo satisfacía sus necesidades alimenticias, de vestido, abrigo y sexo en formas que le permitían sus medios primitivos y que requerían de normas simples y ocupaba la mayoría de su tiempo en labores triviales. El hombre moderno sigue su vida a una velocidad desconcertante, pero debido a lo sofisticado de las diversas vocaciones, cada aspecto de la vida ha desarrollado un campo técnico que demanda un campo especializado de conocimiento acompañado de miles de complicadas normas.
El Islam, el cual se dirige a la naturaleza primordial del ser humano, guía la humanidad hacia la sociedad natural pura, a las doctrinas naturales puras, a las prácticas naturales puras y finalmente al destino natural puro. Las concepciones intelectuales auténticas en doctrina y acción del ser humano natural constituyen el plan que ofrece el Islam a la humanidad.
En este sentido, las normas islámicas son de dos tipos: mutables e inmutables. Estas últimas —aquellas basadas en la naturaleza humana y en sus atributos esenciales— se conocen como Sharia (ley divina), el camino a la felicidad humana:
“Levanta, pues, tu rostro hacia la religión, como un buscador de la fe pura, siguiendo la naturaleza esencial en la que Dios ha creado a los seres humanos. En la creación de Dios no hay cambios. Esta es la verdadera religión pero la mayoría de las personas no tienen conocimiento…” (Corán; 30:30)
Las normas mutables, las cuales pueden cambiar debido a diversas circunstancias de tiempo y lugar, se dejan al criterio del Profeta, sus sucesores y a aquellos a los que ellos designen. Estas autoridades pueden cambiar las normas mutables a la luz de los principios inmutables y en respuesta a las circunstancias diversas en el tiempo y el espacio. Estas normas no son consideradas técnicamente parte de la Sharia:
“¡Creyentes! Obedeced a Dios, obedeced al enviado y a aquellos de vosotros dotados de autoridad…” (Corán; 4:59)
Ésta es, en resumen, la solución que da el Islam a las diversas necesidades de diferentes épocas. Sin embargo, el tema demanda un análisis más concienzudo, el cual vamos a realizar.
Las normas mutables e inmutables del Islam
En las secciones anteriores, aprendimos que la ley islámica distingue entre dos tipos de normas: Mutables e inmutables. Ahondaremos un poco en este tema.
Las normas inmutables son aquellas establecidas con base en la realidad de la naturaleza humana y esta incluye tanto lo urbano como lo rural, al blanco y al negro, al fuerte y al débil, y a los individuos de todos los tiempos y lugares. Tan pronto como dos o más individuos forman una comunidad, prometen cooperarse y respaldarse, inevitablemente encontrarán ciertas necesidades, las cuales tendrán que esforzarse por cumplir. Como la esencia de su condición humana es idéntica, y está provista de facultades interiores y exteriores similares, sus necesidades serán de la misma naturaleza y como tal requerirán un cuerpo de normas consistente.
Todos los seres humanos comparten los mismos conocimientos intelectuales. El juicio racional, libre de ilusiones y supersticiones, genera conclusiones idénticas en todos los individuos. Las facultades cognitivas de todos los seres humanos por igual obtienen satisfacción por medio del juicio y la creencia. Igualmente, las diversas emociones (afecto y antipatía, esperanza y temor) y los instintos (deseo sexual, la necesidad de vestuario, la necesidad de un techo, etc.) son comunes a todos los seres humanos, y por lo tanto las prescripciones de las mismas deben tratarse en forma similar en todos los individuos.
Debido a la naturaleza humana en común, sería ilógico decir que la satisfacción del hambre es aceptable en un individuo pero no en otro, o que un individuo debe acatar los llamados de su conciencia y otro debe ignorarlos. Sería igualmente absurdo (teniendo en cuenta que la naturaleza humana en común ha perdurado por siglos con las mismas facultades, emociones e intelecto) asumir que algunas épocas requieren que el ser humano sea persuadido por las verdades que estima obvias, mientras que otras épocas requieren que él las rechace; que en algunas épocas el ser humano deba llevar una vida social pero en otras deba vivir aislado; que en ocasiones el ser humano deba defender sus creencias sagradas pero en otras deba abandonar su propia existencia al enemigo; que durante algunos períodos él deba buscar una vocación para ganarse la vida mientras que en otros deba permanecer ocioso y desempleado. Con estos ejemplos debería bastar para mostrar que el ser humano natural, pese a los cambios en el tiempo, requiere de ciertas normas inmutables. A esto exactamente es a lo que apunta el Islam en su invitación primordial. El Islam proclama que sólo las normas inmutables derivadas del orden de la creación, en general, y de la naturaleza humana, en particular, pueden garantizar la prosperidad al hombre. El Islam exhorta a la humanidad a hacer caso de su inteligencia divina y su conciencia; a abstenerse del libertinaje, la insensatez y la lascivia; a hacer caso de los principios que ella estima correctos.
Así como es erróneo catalogar la sumisión a la verdad como imitación ciega, también es equivocado invocar los pretextos al “orgullo nacional” o a la “tradición” para seguir obstinadamente las costumbres de nuestros ancestros. Atacar el teísmo por ser anticuado, mientras se reverencia a gobernantes lujuriosos no es ningún progreso. El Islam literalmente indica la adoración exclusiva de Dios, el Creador del asombroso orden de la creación, en línea con la verdadera naturaleza humana; el Islam invita a la humanidad a seguir esta verdad. Es en este sentido, que el Islam ofrece a la humanidad un cuerpo de doctrinas, valores morales y prácticas que declara como verdades que deben ser obedecidas ya que éstas constituyen la religión invariable, primordial y divina. El Islam presenta su sistema de doctrina, moralidad y ley práctica como una unidad coherente en harmonía con el sistema de la creación. Por supuesto, las limitaciones de este trabajo no nos permiten ahondar en este sistema. Principalmente pretendemos afirmar que el Islam incorpora un conjunto de normas inmutables.
Además de las normas inmutables, las cuales corresponden a las necesidades naturales e inalterables del ser humano, la sociedad humana requiere de un grupo de normas cambiantes y mutables, sin las cuales se desintegraría. La razón para esto es clara, a pesar de la naturaleza inmutable del ser humano, el paso del tiempo y las discrepancias regionales lo enfrentan con circunstancias cambiables a las cuales debe amoldarse. Estas circunstancias diversas requieren de varias normas. En respuesta a la necesidad de tales normas transitorias existe en la ley islámica un principio al cual nos referiremos en esta exposición. como la ‘autoridad del gobernante’, la cual adapta las distintas necesidades de personas de varias épocas y regiones sin invalidar las leyes inmutables del Islam.
En la sociedad islámica, la ley religiosa confiere ciertos derechos y libertades al individuo bajo los cuales él puede dirigir sus asuntos familiares como lo desee (siguiendo la ley islámica, por supuesto). Él puede gastar el dinero en la medida que lo considere prudente para proveer los mejores alimentos, los mejores vestidos y enseres para su familia o puede decidirse por lo contrario; si hay una intrusión en sus derechos, él puede decidir legítimamente defender su dignidad, o, cuando sea conveniente, ceder y transigir en algunos de sus derechos; él puede trabajar día y noche para acumular riquezas, o puede decidir interrumpir su trabajo para atender otros deberes.
Los poderes que se le dan al gobernador musulmán, que según la ley islámica brindan una autoridad general y actúan como la fuente intelectual y el centro del pensamiento y la voluntad colectiva de la sociedad musulmana para regir el estado islámico son similares en naturaleza a los que posee el individuo en el campo familiar. Observando la piedad y las leyes inmutables, el gobernador islámico está autorizado para establecer normas con las cuales dirigir los asuntos de la sociedad musulmana. Por ejemplo, mantener el orden en las vías, en los vecindarios residenciales, en las transacciones comerciales de los mercados y en la interacción de las diferentes entidades dentro de la sociedad. En caso de ataque puede ordenar al ejército defender el estado islámico (el cual ha sido acondicionado con el armamento y equipo necesario), o detener la respuesta y acordar un cese al fuego si lo considera conveniente. Para facilitar el progreso en los campos de la espiritualidad y el bienestar público, él puede adoptar ciertas medidas con las cuales se pueden lograr mayores reformas. Puede promover ciertos campos del conocimiento y restar importancia a otros de acuerdo con los intereses del estado islámico. En otras palabras, el gobernante musulmán tiene la facultad de promulgar cualquier norma que lleve al progreso de la sociedad islámica y que esté dentro de los intereses del Islam y la nación musulmana. No hay límites legales a su poder de promulgar y ejecutar tales normas [ sólo la moral y las leyes inmutables islámicas].
Aunque tales normas son obligatorias de acuerdo con la ley islámica y el gobernante musulmán —a quien los musulmanes están en la obligación de obedecer—, debe impulsarlas, ellas no hacen parte de la Sharia. La legalidad de tales normas está supeditada naturalmente a las circunstancias particulares que las requieren, y tan pronto como las circunstancias cambien, las normas pueden cesar; en el momento que las normas cesen, el gobernante musulmán debe informar al público de dicho cese y establecer nuevas normas que se adapten a las nuevas circunstancias.
Sin embargo, a diferencia de las normas promulgadas por el gobernante musulmán, el contenido de la Sharia es eterno e inmutable. Nadie, incluyendo al gobernante musulmán, tiene la autoridad de alterarlo o anularlo.
La explicación concisa que acaba de darse, debería bastar para probar la invalidez de la crítica lanzada contra el Islam en este sentido. Los que afirman que la vida social ha evolucionado tan grandemente que no hay características comunes que compartan la sociedad de hoy y la de hace cuatro siglos; que la vida moderna requiere innumerables normas inimaginables para las personas de la antigua era islámica (solo las normas concernientes al sector del transporte de las sociedades modernas son mucho mayores que todas las normas de los tiempos del Profeta ); que debido a que la ley islámica no incluye tales normas, ésta no es adecuada para gobernar las sociedades modernas —los que hacen este tipo de argumentos no poseen un entendimiento preciso del Islam y sus normas mutables. Ellos suponen que el Islam sólo incorpora un grupo rígido e inflexible de normas y que consecuentemente la única manera en la que el Islam puede prosperar es que los musulmanes empuñen las espadas y obstruyan el progreso de la civilización humana, ¡vaya ignorancia.!
Otro grupo de críticas, por otra parte, afirman que la evolución inevitable de la vida social llevará sin duda a la alteración gradual de todas las normas sociales. De aquí que, la ley islámica inmutable, si alguna vez válida, sólo era pertinente en la era del Profeta, con sus circunstancias peculiares y por lo tanto no es aplicable indefinidamente.
Estos detractores no han prestado suficiente atención a las discusiones jurisprudenciales, de este modo no tienen en cuenta el hecho de que todas las leyes civiles predominantes en los diversos países alrededor del mundo incluyen ciertos elementos inalterables. Sin duda, las leyes de los tiempos modernos no son completamente diferentes de aquellas de la antigüedad y aquellas del futuro. Existen ciertos elementos comunes que el paso del tiempo nunca vuelve obsoletos (ya se han dado algunos ejemplos).
La metodología que sigue el Islam para el establecimiento de normas, incluyendo tanto la ley Divina inmutable, la cual proviene de la fuente inagotable de la Revelación, y las normas mutables las cuales se basan en la 'autoridad del gobernante', según lo cual las normas son promulgadas por una asamblea y ejecutadas por el gobernante musulmán, aunque se basa en la racionalidad y no en los deseos caprichosos de la mayoría, es similar en alguna medida a la de los estados modernos. La mayoría de los estados modernos tienen una constitución, la alteración de ésta va más allá de la autoridad de sus gobiernos y aún de sus parlamentos. Sus leyes, sin embargo, incorporan otras normas que son promulgadas principalmente por los parlamentos y ocasionalmente por los gobiernos; estas últimas son susceptibles a alteraciones en el transcurso del desarrollo de un país.
Esperar que la Dispensación Divina para incluir los datos específicos concernientes a la vida de los creyentes es similar a esperar que las constituciones de los estados incorporaran los detalles de las normas de tráfico. La incorporación de todos esos pequeños detalles los sometería a la necesidad de una revisión frecuente, medida poco racional (esto con relación a lo dicho por la primera crítica, la cual asume que la ley islámica es un grupo de normas inflexibles cuya fecha de vencimiento ya expiró). Además, la crítica de los detractores en cuanto a que la Sharia, la cual parece una constitución en el marco de la ley islámica, debería estar abierta a su alteración, no es aceptable por la misma razón por la cual la constitución de un estado, la cual define los asuntos fundamentales, como la independencia del país, la necesidad de un presidente y asuntos por el estilo, no debe alterarse (esto en relación a la segunda crítica). Por lo tanto, tanto la primera como la segunda crítica no tienen fundamento.
Existe sin embargo, otra pregunta (la cual surge de la segunda crítica) que amerita mencionarla: es cierto que existen elementos legales que no están propensos a cambiar, sin embargo, esto no es prueba en sí mismo de que las normas de la Sharia puedan garantizar la felicidad de la humanidad para siempre. ¿Puede la civilización moderna continuar su progreso con rituales como la oración canónica, el ayuno, hayy, zakāt, y otros?
¿siguen siendo relevantes en el mundo moderno las normas islámicas relacionadas con la esclavitud, las mujeres, el matrimonio, el comercio, la usura, etc.,? Estas y otras preguntas relacionadas hay que discutirlas más ampliamente.
En lo que concierne a la culminación de la profecía
¿Cuál sería la respuesta adecuada para alguien que afirmara que la declaración del Profeta acerca de que él era el último en la línea de los Profetas Divinos significaba que la necesidad de la humanidad de ser guiada por una sabiduría que está por encima de la inteligencia humana había sido satisfecha totalmente en las civilizaciones griega, romana, cristiana e islámica por medio de la Tora, la Biblia y el Corán. Qué el plazo del profeta era la inauguración de una nueva era en la cual, basándose en la herencia Divina de los profetas de Dios, la humanidad pudiera continuar su existencia y avanzar hacia la perfección sin la ayuda de nuevas revelaciones de parte de Dios y esto llevó a que terminara el envío de profetas? Quienes tienen esta convicción plantean que la humanidad ha alcanzado el grado suficiente de inteligencia para ser capaz de dirigir sus asuntos, establecer la paz, y buscar la felicidad por su propia cuenta.
Los seres humanos son autosuficientes actualmente, son lo suficientemente maduros para sobrevivir sin la guía Divina. La inteligencia humana ha sustituido la revelación Divina. ¿Cuál debería ser nuestra posición con respecto a esta idea?
Respuesta
Reformulemos el argumento anterior para comprenderlo mejor. El ser humano, como las demás criaturas, está atravesando el camino hacia la perfección. El paso del tiempo y los estados existenciales cambiantes causan en la sociedad humana nuevas circunstancias las cuales están acompañadas de un incremento en la necesidad de nuevas formas de orientación. Cada fase nueva del progreso humano demanda una nueva forma de vida, un nuevo conjunto de obligaciones y normas apropiadas a la guía necesaria para esa fase en particular. Bajo este punto de vista, ninguna religión o forma de vida puede considerarse legítimamente eterna, no siendo la Sharia del Islam la excepción.
Por lo tanto, cuando el Profeta anunció que él era el “Sello de los Profetas”[Ĵatam an-nabiyin], él quiso decir, afirman estos “modernistas”, que hasta su tiempo, debido a la deficiencia de la inteligencia humana, la humanidad tenía la necesidad de ser guiada por la sabiduría Divina, la cual está por encima de la inteligencia humana. Sin embargo, la madurez humana, la cual ha sido facilitada con la aparición de las sociedades griega, romana e islámica y con la revelación de los libros divinos —Tora, Biblia, Corán— (i.e. Guía supra-humana) ha sido elevada a una nueva altura intelectual, liberando a los humanos de la necesidad de una guía profética y facultándolos a valerse por ellos mismos. Esta es la esencia del argumento que se está tratando.
Hay varias fallas en este argumento. Primero, aunque es cierto que tanto el individuo como la sociedad humana se dirigen hacia la perfección, no obstante, el ámbito de la perfección humana es finita en términos tanto de calidad como de cantidad, ya que el ser humano es una criatura finita. La perfección humana, no obstante vasta y profunda, tiene sus límites, y por lo tanto debe haber necesariamente una fase en la cual la forma de vida y sus normas deben dejar de progresar. Así, contrario a la hipótesis mencionada arriba, el progreso humano indica verdaderamente que debe haber una religión definitiva e invariable (así como todo movimiento finito tiene un término).
Segundo, considerar las civilizaciones griega y romana (las cuales fueron de hecho productos de una cosmovisión pluralista e idólatra) como divinas y supra-humanas es desconocer la condena explícita que hace el Corán de las civilizaciones paganas que son agentes de desviación que implican condenación. El Corán afirma que los caminos de estas civilizaciones, aunque parezcan virtuosos, eran profanos y obviamente los caminos profanos no pueden llevar a la felicidad (los versos coránicos que hacen referencia a este respecto son tan numerosos que no hay necesidad de citar ninguno en este apartado).
En tercer lugar, la inauguración de una nueva religión en el siglo séptimo de la era cristiana por el ministerio del Noble Profeta mismo, es un testimonio en contra de la aseveración de que el ser humano posterior al Islam no está en la necesidad de la Ley Divina, especialmente teniendo en cuenta la afirmación del Corán acerca de que el Islam incluye la esencia de todas las Revelaciones divinas anteriores:
“Él ha establecido para vosotros los mandatos de la fe que ya había encomendado a Noé y que también Nosotros te hemos revelado a ti, y lo que habíamos encomendado a Abraham, Moisés y Jesús...” (Corán; 42:13)
Dios, el Altísimo, resalta esta verdad aún más al referirse a la religión definitiva en su libro como obediencia, explicando que ésta era también la religión de Abraham y que es la única fe aceptable, la cual nadie puede rechazar :
“Ciertamente la religión ante Dios es el Islam.” (Corán; 3:19)
“Y a quien desee otra creencia diferente al Islam no se le aceptará y en la otra vida será de los perdedores”. (Corán; 3:85)
“…Él os ha elegido y no ha puesto en la religión, la creencia de vuestro padre Abraham, ninguna dificultad para vosotros. Él os ha llamado musulmanes anteriormente…” (Corán; 22:78)
“Cuando Dios y Su Mensajero deciden un asunto, los creyentes y las creyentes no tienen elección sobre ese asunto y quien desobedezca a Dios y a Su Mensajero se habrá extraviado con un extravío evidente”. (Corán; 33:36)
Decir que todas estas exhortaciones fueron dirigidas específicamente al Profeta y, como tal, no nos conciernen, es pasar por alto expresiones como “¡Oh personas!” “¡Oh, personas de fe”, que abordan de manera explícita a la humanidad o a la comunidad de los creyentes en general. Aceptar el argumento de que el ser humano posterior al Islam no tiene necesidad de una religión revelada privaría de todo sentido a los estímulos del Corán hacia los creyentes y a las amenazas a los que desobedecen los mandamientos de Dios.
¿Sería razonable argumentar que la guía del Noble Profeta hacia la religión que él presentó no era más que una recomendación y podría decirse que con el verso, “Muhammad... es el Enviado de Dios y el Sello de los Profetas...” (Corán; 33:40), la intención de Dios era que las personas estuvieran a partir de ahora relevadas de la obligación de la obediencia a la Ley Divina y libres de dirigirse hacia la perfección de acuerdo con los dictámenes de su intelecto y que la obediencia al Islam era sólo un asunto opcional?
Hacer este tipo de argumentos equivale a admitir la noción de la democracia, bajo la cual la base de las normas sociales se deriva de la voluntad de la mayoría. Sin embargo, ¿trató alguna vez el Profeta de obtener el consentimiento de una mayoría de musulmanes antes de instituir cualquiera de los rituales islámicos —como la oración canónica, el ayuno, el azaque, la peregrinación, o la yihad? No hay evidencia en los libros de historia y en las hagiografías que respalden dicho punto de vista. Él sí solicitó el consejo de los musulmanes para decidir acerca de algunos problemas sociales (como el consejo que convocó previo a la Batalla de Uhud para decidir si el ejército musulmán debía permanecer en la ciudad y defenderla o salir de la misma y luchar contra el enemigo en un sitio lejano), pero eso fue sólo en la decisión sobre qué camino tomar en la realización de un deber Divino, no en el establecimiento del deber mismo. Obviamente, en primer lugar la consulta sobre la forma de cumplir con un deber, no es lo mismo que la consulta en cuanto a si el deber debe realizarse.
Otra posible interpretación del versículo: “Muhammad... es el Apóstol de Al-lah y el sello de los Profetas...” es que el Islam es verdaderamente una religión divina, pero ya que la línea de los profetas llegó a su fin con el ministerio del Profeta, sería admisible, después de la época del Profeta, modificar o sustituir, de conformidad con las sentencias dictadas por la “razón” cualquier artículo de fe reconocido como inconveniente, al tener en cuenta las circunstancias. La esencia de esta interpretación es que una Ley Divina como lo es el Islam, al igual que cualquier otra ley social está sujeta a sufrir cambios con el paso del tiempo y el cambio de las circunstancias. Los primeros califas opinaban así y, de hecho la pusieron en práctica. Ellos Prohibieron y alteraron una serie de prácticas religiosas que habían sido establecidas por el Profeta y practicadas durante su vida. Fue por esta razón que la escritura y la transmisión de los dichos proféticos estaba estrictamente prohibido en el primer siglo de la era islámica, en tanto que se estimulaba la escritura del Corán, con el pretexto de proteger el honor del mismo. Este punto de vista (i.e., la mutabilidad de los artículos de la ley islámica), aunque tiene el apoyo de muchos estudiosos, especialmente dentro de la escuela de pensamiento sunita, está en claro contraste con la aseveración inequívoca del Corán acerca de que la sagrada religión del Islam nunca permite tales alteraciones. El Corán hace hincapié, conforme con los preceptos de la naturaleza humana primordial, en la necesidad de aceptar la verdad, advirtiendo que la desobediencia a la verdad no llevaría sino a la perversión:
“Y ¿qué hay más allá de la Verdad, sino el extravío? (Corán; 10:32)
Del mismo modo, el Corán asevera que la Verdad es en esencia el fin último al que conduce el Islam y por lo tanto es inviolable:
“…Y en verdad es una escritura poderosa, a la que no alcanzará jamás la falsedad”. (Corán; 41:41-42)
No hay ninguna posibilidad de alteración en un libro cuyo contenido es inmune al error y a la invalidación. Por otra parte, el Corán reserva particularmente a Dios la autoridad para decretar leyes, rechazando categóricamente la posibilidad de que cualquier persona comparta su autoridad:
“El juicio pertenece sólo a Dios. Él ha mandado que no sirváis sino a Él.” (Corán; 12:40)
“Cualesquiera que sean vuestras discrepancias, Dios es quien las arbitra...” (Corán; 42:10)
Obviamente, cuando sólo Dios tiene la autoridad de decretar la ley, no sería razonable suponer que los seres humanos puedan confiar exclusivamente en la razón humana para promulgarlas, independientemente de la Ley Divina.
Debe señalarse una vez más que existen normas en la ley islámica que pueden ser alteradas. Estas normas están bajo la autoridad del gobernante islámico. El gobernante islámico puede promulgar normas para satisfacer las necesidades de diversas circunstancias, pero sólo en el marco de “la Sharia”.
La relación del gobernante islámico con la sociedad musulmana es similar a la de un tutor legal con esa sociedad en miniatura que es la familia. El tutor puede hacer lo que considere necesario para garantizar los intereses de la familia. Él puede dar órdenes a los miembros de la familia, si ellas son beneficiosas para la misma. Si los derechos de la familia son transgredidos, el tutor puede defenderlos o si la prudencia lo exige, puede permanecer en silencio. Por supuesto todas sus acciones y órdenes deben ajustarse a ley islámica. Él no debe llevar a cabo acciones o dictar órdenes que entren en conflicto con el Islam. Lo mismo es aplicable cuando se trata del gobernante islámico. Él está facultado por la ley islámica para defender la seguridad de la nación musulmana convocando a la yihad. Puede firmar tratados con otros estados para asegurar la paz. En caso de que las circunstancias lo exijan, él puede imponer algunos impuestos ya sean para la guerra o para
Todas esas decisiones, sin embargo, deben estar bajo el marco del Islam y deben responder a las necesidades de los tiempos. Tan pronto como estas necesidades hayan sido satisfechas, las normas respectivas terminan.
En conclusión, la ley islámica incorpora dos tipos de normas: mutables e inmutables, estas últimas constituyen la Sharia.
“En verdad, dimos a los Hijos de Israel la Escritura, el juicio y la profecía y les proveímos de las cosas buenas y les favorecimos por encima de todos los pueblos. Y les otorgamos pruebas claras del asunto.
Así pues, no tuvieron diferencias hasta después de haber venido a ellos el conocimiento, por envidia entre ellos. En verdad, tu Señor juzgará entre ellos el Día del Levantamiento sobre aquello en lo que tenían diferencias.
Luego, te pusimos en la senda del asunto. ¡Síguela pues y no sigas los deseos de quienes no saben! (18) En verdad, ellos no te podrán beneficiar en nada frente a Dios.
Y, en verdad, los opresores se protegen uno a otros y Dios es el protector de quienes le temen. (Corán; 45:16-19)
Las regulaciones mutables, que el gobernante islámico promulga para proteger los intereses de la nación musulmana caducan cuando las circunstancias que las habían exigido cambian.
Fuente: El Hombre Contemporáneo y el Islam; (Conjunto de preguntas realizadas a Al-lamah Tabātabā’i)
Editorial Elhame Shargh
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