LINEAMIENTOS DE LA ECONOMIA ISLAMICA (2)

FUENTES NATURALES DE RIQUEZA

Por: Ayatola Dr. Muhammad Husain Beheshtí y Ayatola Dr. Muhammad Yauád Bahonar

FUENTES NATURALES DE RIQUEZA

La identificación de los recursos naturales de riqueza y las nor­mas correspondientes a los mismos es una de las partes más importantes de las enseñanzas islámicas. Algunas de estas fuentes son exte­riores a nuestro planeta tierra, morada del ser humano. Tal es el caso del sol que es fuente de luz y calor para la tierra, sus habitantes y muchos otros planetas. Así también la luna que produce las mareas y otros efectos beneficiosos para el ser humano. De igual manera, el aire, las nubes y las estrellas que producen importantes efectos sobre la vida humana.

Es evidente que recursos de este tipo son para beneficio de todas las criaturas de Dios y nadie tiene derecho a monopo-lizarlos. Dios los a descrito como Su merced para todos los hombres.

Otra parte de los recursos naturales a los que el ser humano tiene directo acceso en la superficie de la tierra es la importante porción de agua bajo la forma de mares, océanos y ríos. Otra parte es asimis­mo la porción seca, que comprende el 27 por ciento de la superficie del globo.

Después están los minerales y otros tesoros de la profundidad de los océanos, mares, ríos y montañas, los que cumplen un papel efectivo en la vida de los seres humanos.

Estas son las principales fuentes de riqueza que existen en la tierra. Como ya dijimos, el real y verdadero propietario de todos estos recursos naturales como así también del propio ser humano, es Dios. Se debe recordar que el permiso para que nos beneficiemos de estos recursos nos ha sido dado en interés de la humanidad, y por lo tanto no deberían ser monopolizados por ninguna persona particular, grupo clase o sociedad, en detrimento y privación de otros seres humanos.

La tierra

La tierra es una de las más valiosas fuentes de riqueza. Respecto a la tierra hay algunos puntos interesantes que vale la pena conocer.

Propiedad de la tierra

En el Islam hay tres tipos de tierras desde el punto de vista de la propiedad:

(1) Tierra poseída por la sociedad.

(2) Tierra poseída por el estado.

(3) Tierra poseída por los individuos privadamente.

Tierra poseída por la sociedad

Este tipo de tierra no es vendible. Incluso el estado no tiene de­recho a venderla. Las tierras labradas y mejoradas por las manos del hombre y que quedan bajo control de los musulmanes y por consi­guiente para el Yihád (combate por la Causa de Dios), se consideran propiedad de la sociedad musulmana y nadie puede adquirirla o ven­derla, ni aunque sea un metro. El gobierno musulmán la puede conceder en alquiler a personas o asociaciones y su renta, llamada “jaraiy”, debe ser depositada en el tesoro público.

Las tierras de la Mesopotamia (situadas entre los ríos Tigris y Eufrates) en Irak caen bajo esta categoría. Siendo preguntado por Ha­labi respecto a esta cuestión el lmam Yafar Al-Sadiq (P) respondió: “Son propiedad de todos los musulmanes,.de los musulmanes actuales, de los que se nos unirán más tarde y de aquellos que aún no nacieron.”

Abu Bardah preguntó al Imam AI-Sadiq (P) sobre la venta y adquisición de tierras bajo la renta “yarai”. El Imam respondió: ¿“Quién puede venderlas? Ellas pertenecen a todos los musulmanes”.

Durante el régimen del califa Omar un hombre adquirió una por­ción de terreno de la costa del Eufrates para hacer un jardín. Después que la transacción fue hecha, notificó a Omar de la misma. Este le preguntó de quien la había adquirido. El hombre dijo que de sus pro­pietarios. Cuando los musulmanes (los compañeros del Profeta, los muháyirún —emigrados— y los ánsar —los medinenses— se reunieron en asamblea, Omar se volvió hacia ese hombre y dijo: “¿Son estos los propietarios de ese pedazo de tierra? ¿la has adquirido de esta gente?” El hombre respondió negativamente. Dijo entonces Omar: “Entonces entrega el pedazo de terreno a esos de quien lo adquiriste y que te devuelvan el dinero que les diste.”

Se pueden advertir los siguientes puntos respecto a esas tierras: Son para siempre propiedad de la sociedad de los musulmanes y nunca se pueden volver propiedad particular de nadie. Por lo tanto no pueden ser vendidas, adquiridas o hipotecadas.

Siendo el gobierno musulmán el custodio de los intereses genera­ les de la Ummah (comunidad universal) musulmana, es responsable de observar que estas tierras, como capital nacional que son, deberían ser usadas de la mejor manera de acuerdo con las circunstancias prevale­cientes en cada época en particular, y la renta proveniente de ellas de­berían ser invertidas en función del bienestar de la Ummah en su conjunto.

Tierras poseídas por el estado

Todas las tierras sin trabajar y baldías, Y todas las pastoras y bos­ques son propiedad del estado. El estado islámico debe cumplir su de­ber respecto a ellas teniendo en cuenta los intereses de las generaciones presentes y futuras. Siempre que sea en interés de la nación las mismas pueden ser alquiladas, ya sea a una persona o a una asociación o grupo. En todos los casos debería ser usada de la mejor manera.

Tierras poseídas por individuos particulares.

Si una persona que vive en un territorio no musulmán decide abrazar el Islam y se reúne con la sociedad musulmana, sus derechos a la propiedad mueble e inmueble será respetada. Si era propietario de alguna tierra, continuará siéndolo.

Si el gobierno musulmán en cualquier caso juzga de interés nacional asignar una porción de terreno a un individuo o a una sociedad puede hacerlo. En ese caso él o los individuos se volverán propietarios del terreno de manera independiente o como miembros de la sociedad.

Como se puede observar, en el sistema económico islámico el ámbito de la propiedad privada de la tierra es en principio muy limita­do y se puede decir, como norma, que toda fuente de riqueza importante no debería ser propiedad personal de ninguna persona.

La utilización de las fuentes de riqueza es una de las cuestiones a las que se presta atención en la economía islámica. Desde el punto de vista islámico, cualquier cosa que pueda ser usada como materia prima para la producción de provisiones requeridas por los miembros de la sociedad, no debería ser dejada sin atender. Se requiere que to­dos dentro de sus medios y posibilidades, intenten hacer utilizables las tierras y las cultiven o les den otro uso, porque, de acuerdo al Corán, Dios ha puesto al hombre en la tierra para que la trabaje.

En la jurisprudencia islámica la tierra agotada o desperdiciada que no ha sido cultivada ni usada para nada, es llamada “tierra muerta”, y el ponerla en cultivo se llama “dar vida a la tierra muerta”. De acuerdo al punto de vista islámico, quien se pone en movimiento para cul­tivar esas tierras tiene un derecho especial sobre las mismas.

Dijo el santo Profeta: “Quien lleva a la vida una porción de tierra (árida, cultivándola) es el propietario de ella.”

“Quien hace utilizable una tierra y la cultiva, tiene mayores de­rechos sobre la misma, y por lo tanto es suya.”

Un compañero del Profeta de nombre Asmar, dijo: “Estaba con el Profeta acompañado de otras personas. El Profeta dijo: ‘Quien prime­ro se pone en movimiento para hacer utilizable una tierra improduc­tiva o desperdiciada, será el propietario de esa tierra’.”

Después de dicho anuncio la gente se volvió tan entusiasta que regularmente iban al desierto a elegir algún lote de tierra apropiado con vistas a hacerlo utilizable.

Es evidente que con el derecho de utilizar las tierras hechas cul­tivables el pueblo entusiasmado se animó a cultivar cada vez más con la resultante de que el nivel de producción aumentó.

Hacer utilizable la tierra por medio del cultivo o la construcción de un edificio, casa, fábrica, etc., naturalmente lleva cierto tiempo y no se lo puede hacer en un día. Por ejemplo, uno decide convertir una hectárea de tierra en un jardín o una granja. Primero se seleccio­na una parte apropiada y después se empiezan a. hacer los arreglos necesarios para asegurarse todo lo que sea preciso para el trabajo propuesto. Obviamente, todo ello requiere tiempo. Supongamos que entretanto otra persona elige el mismo terreno y empieza a trabajarlo. ¿Qué sucede entonces? Para evitar tales situaciones las reglas económi­cas islámicas permiten mejorar o alambrar las tierras que se van a hacer utilizables. De esta manera establecerá la prioridad en el derecho a la misma y nadie podrá ocuparla en tanto él hace los trámites y preparativos necesarios para ponerla en producción. Sin embargo, el hecho de delimitar el terreno o el cercarlo no tendrá ningún valor si se lo hace simplemente para apropiárselo indebidamente, privar del mis­mo a otros u obtener una ganancia vendiéndolo poste-riormente.

Posesión de la tierra arable sin cultivar.

Si alguien deja su tierra arable sin cultivar, pierde el derecho a ella. Esta puede ser transferida a otra persona que pueda ponerla en uso.

Se relata que el Imam Al-Kazim (P) dijo: “La tierra Pertenece a Dios, Quien la ha dado a Sus siervos para obtener su sustento.

Por lo tanto, si alguien deja sin atender un espacio de tierra y no la hace producir durante tres años consecutivos sin una razón válida, la pierde y la misma puede ser pasada a otra persona.”

De lo dicho queda claro que:

(1) Quien hace utilizable y cultiva un espacio de tierra árida tiene derecho a su propiedad.    .

(2) Sin cu1tivarla y ponerla en uso, nadie puede reclamar la propiedad de una tierra árida o desperdiciada.

(3) El solo hecho de la marcación y ocupación superficial no es su­ficiente para reclamar la propiedad de la tierra: Debería haber algún trabajo de naturaleza económica y productiva.

(4) Quien reclama una tierra baldía, tiene derecho a ella solamente en tanto la haga rendir económicamente.

Por lo tanto la acción de quien ocupa tierra baldía de cualquier manera simplemente para obtener una ganancia vendiéndola luego a quienes la requieren con propósitos de edificarla o cultivarla es ile­gal y contrario a las enseñanzas económicas del Islam. Quienes vayan a actuar así deberían ser impedidos de hacerlo.

No solamente las tierras simplemente marcadas sino incluso las que fueron hechas utilizables pero luego dejadas sin uso pueden ser ocupadas y puestas en uso por otros sin necesidad de tener el permi­so del ocupante original.

Se relata que el Imam Al-Sadiq ha dicho: “Quien cultiva tie­rras baldías y limpia sus canales de agua, solamente tiene que pagar su ‘zakat’ (impuesto de la ley islámica destinado a los pobres). Si dicha tierra previamente estuvo ocupada por alguien que la abandonó y la dejó sin usar, esa persona no tendrá derecho a posesionarse de ella nuevamente, porque todas las tierras pertenecen a Dios y a quien las haga producir.”

Shahíd Al-Zani, uno de los más grandes juristas del siglo X de la Hégira, dice en su libro “Masalik”: “Las tierras desaprovechadas bal­días, mejoradas por una persona pero abandonadas por mucho tiempo, vuelven a su posición original y pueden ser reclamadas legalmente por otras personas. La propiedad de la primer persona debido a las mejoras que le hizo dejó de existir al dejar la tierra abandonada y sin producir.”

El agua.

El agua es una de las primeras necesidades de todo ser viviente. También es uno de los recursos naturales más valiosos desde el punto de vista de la agricultura y la industria.

Bajo el sistema económico islámico hay dos tipos de agua:

(1) El agua a la que se accede de manera natural y libremente y es aprovechable.

(2) El agua a la que no se accede naturalmente, como ser el agua de los pozos, de ríos subterráneos, la transportada por canales construidos al efecto, etc.

Agua a la que se accede de manera natural

Es propiedad pública. Cualquiera puede aprovecharla. Automá­ticamente cualquiera se vuelve el propietario de toda cantidad de agua tomada para su consumo.

El Sheij Al:-Tusi, un gran Jurista shiita del siglo V dice en su libro “Al-Mabsut”: “El agua de mar, de los ríos —como el Eufra­tes y el Tigris— y la que surge naturalmente en tierras baldías, es pro­piedad pública, y de acuerdo al veredicto unánime de todos los juris­tas puede ser usada legalmente por cualquiera en cualquIer cantidad, porque Ibn Abbás ha informado que el santo Profeta dijo: ‘Todas las personas comparten tres cosas: el agua, los pastos y el combustible’”

Agua a la que no se accede naturalmente.

Hay agua a la que no se accede directamente. Por ejemplo, para poder usar el agua subterránea es necesario cavar un pozo o conduc­tos subterráneos. De Igual manera, para utilizar el agua de los grandes ríos para la irrigación es necesario construir canales y conductos. De acuerdo a la economía islámica este tipo de agua también es conside­rada como propiedad pública y no se somete a la compra y adquisi­ción. La única diferencia es que considerando el esfuerzo y empeño puesto por la persona que cavó el pozo o canal, ésta tiene derecho prioritario a usar esa agua para la completa satisfacción de sus nece­sidades personales, agrícolas o industriales. Nadie tiene derecho a impe­dírselo. Pero una vez que satisfizo sus necesidades, no puede impedir que otros usen ese agua ni puede exigir dinero o un pago para permitir su uso.

En este sentido dice el Sheij AT-Tusi en “AI-Mabsut”: “Cuando nosotros decimos que tal o cual persona es la propietaria de un pozo determinado, su propiedad sólo significa que tiene prioridad en el derecho a su uso con el propósito de beber, abrevar el ganado y regar las plantaciones. Por lo tanto, si hay más agua que la que necesita, es su obligación dejarla en disponibilidad de manera gratis a quienes la requieran.”

Esta norma se basa en una tradición que ha sido citada del Imam Al-Sadiq (P). Se relata que ha dicho: “El santo Profeta prohibió la venta del agua que dispone una persona porque la misma tiene dere­cho a su, uso con el propósito de beberla, abrevar el ganado o porque construyo una represa en un río para irrigar su tierra. Si esa persona no necesita el agua, no puede impedir que otros la usen. Por lo tanto, no vendan el agua sino háganla accesible de manera gratuita a sus vecinos o hermanos.”

Los minerales.

Otro de los recursos naturales de gran valor son los minerales. Hay una gran cantidad de minerales bajo la tierra y en su Superficie. Cierta cantidad se encuentra en el agua y también en el espacio. Muchos tipos de sales y substancias químicas pueden ser extraídas del agua y con el uso de la energía solar; también el espacio se ha conver­tido en una valiosa fuente de riqueza.

De acuerdo con las normas de la economía islámica los minerales en cualquier forma que se encuentren, no pueden volverse propiedad personal. Siempre serán propiedad social. Si nos basamos en los libros de leyes islámicas encontramos que, en lo que concierne a los mine­rales cuya extracción no involucra la excavación en gran escala, trepa­nación, etc., todos los juristas y otros eruditos musulmanes son uná­nimes en este punto. En cuanto a esos minerales cuya extracción y explotación requiere un trabajo en gran escala, aunque existen algu­nas diferencias de opiniones, muchos de los prominentes juristas suscri­ben el punto de vista de que también son propiedad social. Muhaqqiq Zani dice que este es el punto de vista de la mayoría de los juristas shiitas. (Para ello consultar el libro titulado “Yame Al-Maqasid”).

Fuente: libro INTRODUCCION A LA COSMOVISION DEL ISLAM; Editorial Elhame Shargh

Todos derechos reservados. Se permite copiar citando la referencia.

www.islamoriente.com, Fundación Cultural Oriente

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